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Acuerdo de 30 de septiembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Granada, de publicación de resoluciones favorables relativas a la concesión de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (Línea 1), convocadas por Orden de 1 de septiembre de 2020 (BOJA núm. 174, de 8 de septiembre), y reguladas por Orden de 27 de julio de 2020 (BOJA núm. 147, de 31 de julio).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 207 - Miércoles, 27 de octubre de 2021
página 213

Correspondiendo a la Delegación Territorial de Granada las siguientes cuantías:
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1700180000 G/43A/48307/00 S0096
170003000 G/43A/48306/00 01
TOTAL

CUANTÍA (euros)
552.580,44
0
552.580,44

Dicho presupuesto es ampliado por Orden de 3 de mayo de 2021 (BOJA número 86,
de 7 de mayo) siendo el de presupuesto ampliado de 7.100.000 euros, correspondiendo
a la Delegación Territorial de Granada 726.446,95 euros, todo ello en la misma partida
presupuestaria referida.
Cuarto. El apartado 10.c) del cuadro resumen de las bases reguladoras, así como
el apartado noveno de la convocatoria, establecen que, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la instrucción y resolución de las
solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro telemático
único de la Administración de la Junta de Andalucía, y hasta el límite de la consignación
presupuestaria, en su caso.
Y de conformidad con los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Orden de 27 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas
de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas
sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las Administraciones públicas,
empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que faciliten una solución habitacional
a dichas personas, convocadas por la Orden de 1 de septiembre de 2020.

Tercero. Asimismo, resultan igualmente de aplicación:
- Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y
Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18
de noviembre).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás normas básicas que desarrollen la ley.
- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de concesión de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 108,
de 4 de junio).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00200681

Segundo. La competencia para realizar la presente resolución corresponde a esta
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y
Patrimonio Histórico por delegación, de acuerdo con la disposición adicional primera de
las Bases Reguladoras, y en el apartado séptimo de la Convocatoria, y en relación con
el Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Fomento, Infraestructura y Ordenación del Territorio (BOJA núm. 31,
de 14 de febrero); así como el Decreto 342/2012, de 31 de julio, modificado por el Decreto
32/2019, de 5 de febrero (BOJA núm. 28, de 11 de febrero), por el que se regula la
organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.