3. Otras disposiciones. . (2021/204-12)
Resolución de 6 de octubre de 2021, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigida a militares de tropa y marinería, financiada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 323
las mujeres en sectores en las que están infrarrepresentadas contribuyendo a la reducción
de las brechas de género.
Este procedimiento es una operación financiada por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional y la Unión Europea-NextGenerationUE, dentro del Plan de
Formación Profesional para el Crecimiento Económico y Social y la Empleabilidad, que
se ejecutará a través de los créditos que se distribuyen a las Comunidades Autónomas
mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 15 de diciembre de 2020, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De acuerdo con lo anterior, procede realizar una convocatoria específica del
procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades
de competencia de las cualificaciones profesionales del Anexo I, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con el artículo 10.1 del Real Decreto 1224/2009, de 17
de julio, y el artículo 14.3 de la Orden de 8 de junio de 2021, las personas titulares de la
Dirección General de Formación Profesional para el Empleo y de la Dirección General de
Formación Profesional,
R ES U ELV EN
Segundo. Órgano responsable e instructor del procedimiento.
1. La Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y la Dirección General de Formación Profesional
de la Consejería de Educación y Deporte, son los órganos responsables en Andalucía del
procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a
través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de conformidad con el
artículo 10.2.d) del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y de conformidad
con el artículo 11.2.f) y g) del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, respectivamente.
2. El Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, en adelante IACP, realizará
las funciones que le vienen atribuidas en la Orden de 8 de junio de 2021, conjunta de la
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y de la Consejería de Educación
y Deporte, por la que se determina la organización y la gestión del procedimiento de
evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la
experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200325
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente resolución tiene por objeto convocar, conforme a la Orden de 8 de junio
de 2021, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, un procedimiento de
reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigido al personal
militar de tropa y marinería que, a fecha de publicación de la presente resolución, presten
sus servicios en unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa ubicados
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, o que los hayan prestado y se encuentre
inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, durante los dos
años posteriores a la fecha de baja, con objeto de acreditar la experiencia profesional y
formación adquiridas como personal militar.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 323
las mujeres en sectores en las que están infrarrepresentadas contribuyendo a la reducción
de las brechas de género.
Este procedimiento es una operación financiada por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional y la Unión Europea-NextGenerationUE, dentro del Plan de
Formación Profesional para el Crecimiento Económico y Social y la Empleabilidad, que
se ejecutará a través de los créditos que se distribuyen a las Comunidades Autónomas
mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 15 de diciembre de 2020, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De acuerdo con lo anterior, procede realizar una convocatoria específica del
procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades
de competencia de las cualificaciones profesionales del Anexo I, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con el artículo 10.1 del Real Decreto 1224/2009, de 17
de julio, y el artículo 14.3 de la Orden de 8 de junio de 2021, las personas titulares de la
Dirección General de Formación Profesional para el Empleo y de la Dirección General de
Formación Profesional,
R ES U ELV EN
Segundo. Órgano responsable e instructor del procedimiento.
1. La Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y la Dirección General de Formación Profesional
de la Consejería de Educación y Deporte, son los órganos responsables en Andalucía del
procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a
través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de conformidad con el
artículo 10.2.d) del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y de conformidad
con el artículo 11.2.f) y g) del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, respectivamente.
2. El Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, en adelante IACP, realizará
las funciones que le vienen atribuidas en la Orden de 8 de junio de 2021, conjunta de la
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y de la Consejería de Educación
y Deporte, por la que se determina la organización y la gestión del procedimiento de
evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la
experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200325
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente resolución tiene por objeto convocar, conforme a la Orden de 8 de junio
de 2021, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, un procedimiento de
reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigido al personal
militar de tropa y marinería que, a fecha de publicación de la presente resolución, presten
sus servicios en unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa ubicados
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, o que los hayan prestado y se encuentre
inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, durante los dos
años posteriores a la fecha de baja, con objeto de acreditar la experiencia profesional y
formación adquiridas como personal militar.