3. Otras disposiciones. . (2021/204-12)
Resolución de 6 de octubre de 2021, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigida a militares de tropa y marinería, financiada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 324
Tercero. Cualificaciones profesionales y unidades de competencia convocadas.
Las cualificaciones profesionales y unidades de competencia del Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales, objeto de evaluación y acreditación de esta convocatoria
específica, son las recogidas en el Anexo I de esta resolución.
Quinto. Requisitos de participación en el procedimiento.
Las personas interesadas en participar en esta convocatoria específica del
procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales deberán
cumplir los siguientes requisitos:
1. Prestar servicios como personal militar de tropa y marinería (MTM) o ser reservista
de especial disponibilidad (RED) en unidades, centros u organismos dependientes del
Ministerio de Defensa ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y encontrarse
en situación administrativa de servicio activo; o bien, haberlos prestado y encontrarse
inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, durante los
dos años posteriores a la fecha de baja, de conformidad con el artículo 3 de la Orden
Ministerial 2/2009, de 22 de enero, por la que se regula el desarrollo profesional de los
militares de tropa y marinería.
2. Los requisitos exigidos por el artículo 11 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de
julio.
a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de
ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión
Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en
España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e
inmigración.
b) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate
de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones del nivel I, y 20 años
cumplidos cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones
de los niveles II y III.
c) Tener experiencia laboral o formación relacionada con las competencias
profesionales objeto de la convocatoria que se quiere acreditar:
1) En el caso de experiencia laboral, es necesario justificar, al menos 3 años, con un
mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos
antes de la presentación de la solicitud.
2) En el caso de formación no formal relacionada con las competencias profesionales
de la cualificación solicitada, justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10
años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de
competencia de nivel 1 se requerirá al menos 200 horas. En los casos en los que
los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende
acreditar contemple una duración inferior, se deberá acreditar las horas establecidas
en dichos módulos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200325
Cuarto. Plazas convocadas y centros sede.
1. Se convoca un total de 1.492 plazas, distribuidas para cada una de las cualificaciones
profesionales convocadas según lo establecido en el Anexo II de la presente resolución.
2. Si en alguna cualificación profesional no se llegase al número previsto de personas
candidatas para cubrir las plazas convocadas, el órgano instructor del procedimiento
podrá asignar las plazas sobrantes a algunas de las otras cualificaciones convocadas.
Asimismo, si el número de solicitudes a admitir excediera del número de plazas ofertadas,
éste podrá aumentarse atendiendo a la disponibilidad presupuestaria y de medios y
recursos suficientes que permitan un desarrollo del procedimiento con garantías.
3. Las personas interesadas podrán solicitar en esta convocatoria una cualificación
profesional y seleccionar un centro sede del procedimiento de los indicados en el Anexo II
de la presente resolución, donde serán asesoradas y evaluadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 324
Tercero. Cualificaciones profesionales y unidades de competencia convocadas.
Las cualificaciones profesionales y unidades de competencia del Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales, objeto de evaluación y acreditación de esta convocatoria
específica, son las recogidas en el Anexo I de esta resolución.
Quinto. Requisitos de participación en el procedimiento.
Las personas interesadas en participar en esta convocatoria específica del
procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales deberán
cumplir los siguientes requisitos:
1. Prestar servicios como personal militar de tropa y marinería (MTM) o ser reservista
de especial disponibilidad (RED) en unidades, centros u organismos dependientes del
Ministerio de Defensa ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y encontrarse
en situación administrativa de servicio activo; o bien, haberlos prestado y encontrarse
inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, durante los
dos años posteriores a la fecha de baja, de conformidad con el artículo 3 de la Orden
Ministerial 2/2009, de 22 de enero, por la que se regula el desarrollo profesional de los
militares de tropa y marinería.
2. Los requisitos exigidos por el artículo 11 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de
julio.
a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de
ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión
Europea, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo en
España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e
inmigración.
b) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate
de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones del nivel I, y 20 años
cumplidos cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones
de los niveles II y III.
c) Tener experiencia laboral o formación relacionada con las competencias
profesionales objeto de la convocatoria que se quiere acreditar:
1) En el caso de experiencia laboral, es necesario justificar, al menos 3 años, con un
mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos
antes de la presentación de la solicitud.
2) En el caso de formación no formal relacionada con las competencias profesionales
de la cualificación solicitada, justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10
años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de
competencia de nivel 1 se requerirá al menos 200 horas. En los casos en los que
los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende
acreditar contemple una duración inferior, se deberá acreditar las horas establecidas
en dichos módulos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200325
Cuarto. Plazas convocadas y centros sede.
1. Se convoca un total de 1.492 plazas, distribuidas para cada una de las cualificaciones
profesionales convocadas según lo establecido en el Anexo II de la presente resolución.
2. Si en alguna cualificación profesional no se llegase al número previsto de personas
candidatas para cubrir las plazas convocadas, el órgano instructor del procedimiento
podrá asignar las plazas sobrantes a algunas de las otras cualificaciones convocadas.
Asimismo, si el número de solicitudes a admitir excediera del número de plazas ofertadas,
éste podrá aumentarse atendiendo a la disponibilidad presupuestaria y de medios y
recursos suficientes que permitan un desarrollo del procedimiento con garantías.
3. Las personas interesadas podrán solicitar en esta convocatoria una cualificación
profesional y seleccionar un centro sede del procedimiento de los indicados en el Anexo II
de la presente resolución, donde serán asesoradas y evaluadas.