Disposiciones generales. . (2020/190-3)
Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Miércoles, 30 de septiembre de 2020
página 32
b) El apartado de la solicitud relativo a los datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación
para la que se solicita la subvención.
c) El medio preferente o el lugar a efectos de practicar las notificaciones que, en su caso, proceda efectuar.
A tal efecto, en el modelo de solicitud figura un apartado para que puedan indicar como preferente el medio
electrónico. Todo ello salvo que el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien se hubiera establecido en el apartado 17 del cuadro resumen la obligatoriedad de
la notificación electrónica.
d) Una declaración responsable de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en el artículo 4.
e) Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en esta orden. Potestativamente el
centro directivo podrá establecer en el apartado 12.a). del cuadro resumen la presentación de la documentación
acreditativa de los mismos.
f) En los apartados correspondientes de la solicitud, la información necesaria para aplicar los criterios
objetivos de valoración. No obstante, se podrá establecer en el apartado 12.b). del cuadro resumen la presentación
de la documentación necesaria para la aplicación de los criterios objetivos de valoración.
g) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en
su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o
privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha e importe.
h) En su caso, la oposición expresa de la persona o entidad solicitante a que el órgano competente pueda
recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación exigida en la normativa de
aplicación que estuviera en poder de aquellas.
i) La aceptación en el supuesto de resultar persona beneficiaria de ser incluida en la lista de personas
beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
j) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.
k) En el caso de líneas de subvención enmarcadas en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión,
de 18 de diciembre de 2013, una declaración responsable sobre si ha solicitado o no y, en su caso, si le ha sido
concedida alguna ayuda de minimis para cualquier finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o
ente público o privado, nacional o internacional, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal
en curso. En caso de haberlo solicitado y/o haber sido concedida, se indicarán las fechas de la solicitud y/o
concesión de la ayuda , los órganos competentes para emitir la resolución, y la cuantía de la ayuda.
2. El formulario de solicitud de ayuda se podrá obtener en la dirección indicada en el apartado 10.a) del cuadro
resumen.
3. La solicitud de ayuda irá dirigida a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadro resumen.
00178297
4. En la fase de presentación de solicitudes de ayuda, la documentación acreditativa del cumplimiento de cada uno
de los requisitos exigidos queda sustituida por la declaración responsable contemplada en el apartado 1.e), con el
compromiso de aportarla cuando le sea requerida, salvo que en el apartado 12.a). del cuadro resumen se disponga
la presentación de la documentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Miércoles, 30 de septiembre de 2020
página 32
b) El apartado de la solicitud relativo a los datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación
para la que se solicita la subvención.
c) El medio preferente o el lugar a efectos de practicar las notificaciones que, en su caso, proceda efectuar.
A tal efecto, en el modelo de solicitud figura un apartado para que puedan indicar como preferente el medio
electrónico. Todo ello salvo que el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien se hubiera establecido en el apartado 17 del cuadro resumen la obligatoriedad de
la notificación electrónica.
d) Una declaración responsable de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en el artículo 4.
e) Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en esta orden. Potestativamente el
centro directivo podrá establecer en el apartado 12.a). del cuadro resumen la presentación de la documentación
acreditativa de los mismos.
f) En los apartados correspondientes de la solicitud, la información necesaria para aplicar los criterios
objetivos de valoración. No obstante, se podrá establecer en el apartado 12.b). del cuadro resumen la presentación
de la documentación necesaria para la aplicación de los criterios objetivos de valoración.
g) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en
su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o
privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha e importe.
h) En su caso, la oposición expresa de la persona o entidad solicitante a que el órgano competente pueda
recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación exigida en la normativa de
aplicación que estuviera en poder de aquellas.
i) La aceptación en el supuesto de resultar persona beneficiaria de ser incluida en la lista de personas
beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
j) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.
k) En el caso de líneas de subvención enmarcadas en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión,
de 18 de diciembre de 2013, una declaración responsable sobre si ha solicitado o no y, en su caso, si le ha sido
concedida alguna ayuda de minimis para cualquier finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o
ente público o privado, nacional o internacional, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal
en curso. En caso de haberlo solicitado y/o haber sido concedida, se indicarán las fechas de la solicitud y/o
concesión de la ayuda , los órganos competentes para emitir la resolución, y la cuantía de la ayuda.
2. El formulario de solicitud de ayuda se podrá obtener en la dirección indicada en el apartado 10.a) del cuadro
resumen.
3. La solicitud de ayuda irá dirigida a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadro resumen.
00178297
4. En la fase de presentación de solicitudes de ayuda, la documentación acreditativa del cumplimiento de cada uno
de los requisitos exigidos queda sustituida por la declaración responsable contemplada en el apartado 1.e), con el
compromiso de aportarla cuando le sea requerida, salvo que en el apartado 12.a). del cuadro resumen se disponga
la presentación de la documentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja