Disposiciones generales. . (2020/127-5)
Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030.
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Número 127 - Viernes, 3 de julio de 2020
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su titularidad sea privada, lo que no ha sido posible en el marco del Plan 2016-2020, que
sólo contemplaba la rehabilitación de edificios públicos.
Otros programas incluidos en el Plan respecto a la rehabilitación urbana son el
destinado a la rehabilitación del espacio público y a la rehabilitación de los conjuntos
históricos, y el programa de Áreas de Regeneración Urbana y Accesibilidad (ARUA), que
sustituyen a las antiguas Áreas de Rehabilitación Integral.
El Título IV contiene los programas destinados a paliar la vulnerabilidad residencial,
pudiéndose destacar el programa de viviendas gestionadas por las Administraciones
Públicas, las entidades públicas y las del Tercer Sector de Andalucía, destinado a la
creación de una red de viviendas para su destino a víctimas de violencia de género,
personas desahuciadas de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas
especialmente vulnerables; el programa de realojo para familias afectadas por las
ejecuciones hipotecarias, consistente en ayudas para el pago de la renta de las viviendas
a las que accedan tras el lanzamiento de la que ocupaban con anterioridad; y el programa
de apoyo a las emergencias residenciales, destinado a las familias con riesgo de
exclusión, derivado de la posibilidad de perder su vivienda al no poder afrontar el pago de
la renta o de las cuotas del préstamo hipotecario, y consistente también en ayudas para
satisfacer dichos pagos.
En el Título V se contemplan distintas líneas de actuación. La primera de ellas, el
fomento de la investigación en materia de vivienda, rehabilitación y arquitectura, resulta
necesaria porque el análisis y el conocimiento de la realidad de la vivienda en Andalucía
es un factor fundamental a la hora de determinar las medidas a adoptar para propiciar un
proceso de transformación que repercuta en una mejora en las condiciones de vida de la
ciudadanía andaluza. En este nuevo Plan se pretende promover la actividad investigadora
sobre temas específicos en las distintas áreas de intervención a efectos de fundamentar
actuaciones concretas y coherentes, mediante ayudas para la promoción y desarrollo de
esta actividad.
Se promoverán también líneas de subvención consistentes en becas de formación
destinadas a profesionales de los ámbitos de la vivienda, la rehabilitación y la arquitectura,
contribuyendo con ello a que estas disciplinas aporten soluciones en beneficio de la
sociedad.
Por otra parte, se establecen los Premios Andalucía de Arquitectura, con el fin de
estimular y reconocer a las personas y entidades que hayan contribuido al conocimiento
y difusión de materias y acciones relacionadas con la vivienda, la rehabilitación y la
arquitectura. Igualmente, se prevé la participación en los programas de cooperación
territorial europea. Se dispone también la creación mediante orden de la consejería
competente en materia de vivienda del Foro Andaluz de la Vivienda, como instrumento
de participación y transferencia de información y conocimiento en materia de vivienda,
rehabilitación y arquitectura, con el objeto de establecer un cauce de participación y
debate de los agentes sociales implicados en las materias de vivienda, arquitectura y
rehabilitación, y promover medidas y acciones que repercutan en un mayor bienestar
para la ciudadanía en Andalucía.
Por último el Plan contiene una serie de disposiciones adicionales, transitorias,
derogatoria y finales y 7 anexos, en los que se recogen, entre otros, el glosario de los
conceptos utilizados en el mismo, los coeficientes territoriales que se establecen para
el cálculo del módulo ponderado y precio máximo legal de las viviendas protegidas, así
como los objetivos e indicadores y la estimación de su coste y fuentes de financiación
para los 5 primeros años de vigencia del Plan, transcurridos los cuales será necesario
proceder a la revisión del mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora
del Derecho a la Vivienda en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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