Disposiciones generales. . (2020/127-5)
Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030.
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Número 127 - Viernes, 3 de julio de 2020
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ascensor. Si nos referimos a las zonas comunes, sólo son accesibles el 54 por ciento de
los edificios. En base a estos datos, se pretende realizar un paso más en el intento de
lograr la accesibilidad universal, más teniendo en cuenta el progresivo envejecimiento de
la población, con necesidades claras en esta materia, que sin embargo habita en un gran
porcentaje en los edificios con mayor antigüedad y más necesitados de mejora.
Por otra parte, en aras del necesario avance del estado del bienestar, se ha estimado
conveniente promover ciudades más humanas mediante la rehabilitación, especialmente
de las zonas más desfavorecidas de Andalucía, considerando los ámbitos de actuación
establecidos tanto en la “Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión
Social” (ERACIS), elaborada por la entonces Consejería de Igualdad y Políticas Sociales,
como en el Estudio “Identificación y delimitación geográfica de las zonas que requieren
especial atención o intervención en Andalucía”, elaborado por la Dirección General
de Fondos Europeos. La concentración de las zonas más desfavorecidas deriva en
situaciones de exclusión social, que dificultan gravemente el acceso a los derechos del
estado del bienestar. Según este estudio, sólo 258 de las 1.407 áreas estadísticas del
territorio andaluz definidas en dicho informe no precisan intervención, necesitándola el
resto en mayor o menor medida.
En el mapa que ha elaborado la ERACIS, se localizan en Andalucía 123 zonas que
precisan de especial intervención y que son identificadas como zonas desfavorecidas
seleccionadas, en las que se intervendrá de forma prioritaria.
Las dificultades en el acceso a una vivienda adecuada tienen un gran impacto en la
salud, en las relaciones sociales y en general en todos los ámbitos de desenvolvimiento
humano. Por ello, la atención a las personas desahuciadas de su domicilio habitual y que
se encuentran en una situación de emergencia habitacional aconseja la existencia de
programas específicos para el realojo de las familias afectadas por desahucios y también
programas destinados a solucionar las emergencias habitacionales, más necesarios
tras la situación creada como consecuencia de la emergencia sanitaria provocada por el
COVID-19.
En el panorama internacional, fundamentado en los nuevos Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) para el Planeta, se ha establecido un nuevo orden para el desarrollo de
las ciudades. En septiembre de 2015 las Naciones Unidas dieron forma y aprobaron la
nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En ella se definen 17 objetivos y 169
metas a seguir por todos los Estados Miembros para el año 2030. Estos ODS han sido
estructurados de manera que sean de aplicación universal y global.
Resultan de especial interés el ODS-9 y el ODS-11 que categorizan las infraestructuras,
la industrialización, la innovación, y específicamente, las ciudades y asentamientos
humanos en la sostenibilidad, la inclusividad, la seguridad y la resiliencia.
Esta nueva forma de entender la colaboración entre países y organizaciones
intergubernamentales para la transformación de nuestro mundo, posibilitó que el
Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-HABITAT III)
reunidos en la Conferencia de Quito (Ecuador, 2016) aprobara la Nueva Agenda Urbana
de la ONU, y que de manera concatenada diera paso a la Agenda Urbana para la Unión
Europea (Pacto de Amsterdam, 2016), la Agenda Urbana Española (2019) y la Agenda
Urbana de Andalucía (2018), todos con un primer horizonte 2030.
Aun cuando el Plan de Vivienda y Rehabilitación 2016-2020 recogió estas nuevas
sensibilidades, que estaban en las mesas de todos grupos de trabajo para la Conferencia
de Quito, no llegó a concretar lineas estratégicas en base a la definición de objetivos que
más tarde marcarían todas las agendas urbanas de carácter internacional, nacional o
regional.
La Agenda Urbana de la Unión Europea (AUEU) nos marca que deben establecerse
planes de acción para promover políticas y marcos legislativos efectivos y coherentes,
optimizando los instrumentos de financiación y compartiendo una base de conocimiento
sobre políticas y buenas prácticas en el ámbito de las ciudades. En este sentido la Agenda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174393
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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ascensor. Si nos referimos a las zonas comunes, sólo son accesibles el 54 por ciento de
los edificios. En base a estos datos, se pretende realizar un paso más en el intento de
lograr la accesibilidad universal, más teniendo en cuenta el progresivo envejecimiento de
la población, con necesidades claras en esta materia, que sin embargo habita en un gran
porcentaje en los edificios con mayor antigüedad y más necesitados de mejora.
Por otra parte, en aras del necesario avance del estado del bienestar, se ha estimado
conveniente promover ciudades más humanas mediante la rehabilitación, especialmente
de las zonas más desfavorecidas de Andalucía, considerando los ámbitos de actuación
establecidos tanto en la “Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión
Social” (ERACIS), elaborada por la entonces Consejería de Igualdad y Políticas Sociales,
como en el Estudio “Identificación y delimitación geográfica de las zonas que requieren
especial atención o intervención en Andalucía”, elaborado por la Dirección General
de Fondos Europeos. La concentración de las zonas más desfavorecidas deriva en
situaciones de exclusión social, que dificultan gravemente el acceso a los derechos del
estado del bienestar. Según este estudio, sólo 258 de las 1.407 áreas estadísticas del
territorio andaluz definidas en dicho informe no precisan intervención, necesitándola el
resto en mayor o menor medida.
En el mapa que ha elaborado la ERACIS, se localizan en Andalucía 123 zonas que
precisan de especial intervención y que son identificadas como zonas desfavorecidas
seleccionadas, en las que se intervendrá de forma prioritaria.
Las dificultades en el acceso a una vivienda adecuada tienen un gran impacto en la
salud, en las relaciones sociales y en general en todos los ámbitos de desenvolvimiento
humano. Por ello, la atención a las personas desahuciadas de su domicilio habitual y que
se encuentran en una situación de emergencia habitacional aconseja la existencia de
programas específicos para el realojo de las familias afectadas por desahucios y también
programas destinados a solucionar las emergencias habitacionales, más necesarios
tras la situación creada como consecuencia de la emergencia sanitaria provocada por el
COVID-19.
En el panorama internacional, fundamentado en los nuevos Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) para el Planeta, se ha establecido un nuevo orden para el desarrollo de
las ciudades. En septiembre de 2015 las Naciones Unidas dieron forma y aprobaron la
nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En ella se definen 17 objetivos y 169
metas a seguir por todos los Estados Miembros para el año 2030. Estos ODS han sido
estructurados de manera que sean de aplicación universal y global.
Resultan de especial interés el ODS-9 y el ODS-11 que categorizan las infraestructuras,
la industrialización, la innovación, y específicamente, las ciudades y asentamientos
humanos en la sostenibilidad, la inclusividad, la seguridad y la resiliencia.
Esta nueva forma de entender la colaboración entre países y organizaciones
intergubernamentales para la transformación de nuestro mundo, posibilitó que el
Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-HABITAT III)
reunidos en la Conferencia de Quito (Ecuador, 2016) aprobara la Nueva Agenda Urbana
de la ONU, y que de manera concatenada diera paso a la Agenda Urbana para la Unión
Europea (Pacto de Amsterdam, 2016), la Agenda Urbana Española (2019) y la Agenda
Urbana de Andalucía (2018), todos con un primer horizonte 2030.
Aun cuando el Plan de Vivienda y Rehabilitación 2016-2020 recogió estas nuevas
sensibilidades, que estaban en las mesas de todos grupos de trabajo para la Conferencia
de Quito, no llegó a concretar lineas estratégicas en base a la definición de objetivos que
más tarde marcarían todas las agendas urbanas de carácter internacional, nacional o
regional.
La Agenda Urbana de la Unión Europea (AUEU) nos marca que deben establecerse
planes de acción para promover políticas y marcos legislativos efectivos y coherentes,
optimizando los instrumentos de financiación y compartiendo una base de conocimiento
sobre políticas y buenas prácticas en el ámbito de las ciudades. En este sentido la Agenda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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