Disposiciones generales. . (2020/125-3)
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2020, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía.
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BOJA
TIPO PROYECTO
ANUALIDAD
GRANADA
HUELVA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 1 de julio de 2020
página 38

MODALIDAD A

MODALIDAD B
TOTAL

MODALIDAD C

2020

2021

2020

2021

167.486

104.331

271.817

290.239

196.629

TOTAL
486.868

124.388

2020

2021
84.270

TOTAL
208.658

85.189

53.067

138.256

147.627

100.013

247.640

63.269

42.862

106.131

JAÉN

112.962

70.367

183.329

195.754

132.617

328.371

83.894

56.836

140.730

MÁLAGA

313.898

195.535

509.433

543.959

368.517

912.476

233.126

157.935

391.061

SEVILLA

339.838

211.693

551.531

588.913

398.971

987.884

252.391

170.988

423.379

1.497.696

932.953

2.430.649

2.595.388

1.758.298

4.353.686 1.112.309

753.556

1.865.865

TOTAL

b) Ámbito funcional Pymes artesanas:
ANUALIDAD

MODALIDAD A
2020

2021

MODALIDAD B
TOTAL

ALMERÍA

21.830

16.529

CÁDIZ

87.907

CÓRDOBA

85.844

GRANADA
HUELVA
JAÉN

43.069

MÁLAGA

47.494
81.419

61.648

143.067

474.941

359.613

834.554

SEVILLA
TOTAL

2020

2021

MODALIDAD C
TOTAL

2020

2021

TOTAL

38.359

23.916

9.695

33.611

10.250

4.155

14.405

66.562

154.469

96.310

39.042

135.352

41.276

16.732

58.008

64.998

150.842

94.047

38.125

132.172

40.306

16.339

56.645

73.749

55.840

129.589

80.798

32.753

113.551

34.627

14.037

48.664

33.629

25.464

59.093

36.844

14.935

51.779

15.790

6.401

22.191

32.611

75.680

47.186

19.128

66.314

20.222

8.198

28.420

35.961

83.455

52.033

21.093

73.126

22.300

9.040

31.340

89.200

36.160

125.360

38.229

15.497

53.726

520.334

210.931

731.265

223.000

90.399

313.399

3. La distribución del crédito disponible en el ámbito territorial de competitividad para
cada modalidad de proyecto se ha realizado de forma proporcional, atendiendo, en el
caso de las pymes comerciales al n.º de establecimientos del sector comercial existentes
en cada provincia, según últimos datos del Directorio de Establecimientos y Empresas con
actividad económica en Andalucía publicados por el Instituto de Estadística y Cartografía
de Andalucía, y en el caso de la pymes artesanas, atendiendo al número de personas o
empresas artesanas inscritas en el Registro de Artesanos de Andalucía a fecha de 31 de
diciembre de 2019.
4. En el caso de que una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, a
la vista de las solicitudes recibidas que cumplan los requisitos para ser beneficiarias,
se aprecie que existe un excedente de crédito en alguno de los ámbitos funcionales o
territoriales de competitividad y una carencia en alguno de los restantes, el órgano
que efectuó la convocatoria podrá dictar una resolución motivada de redistribución de
crédito entre los restantes ámbitos de competitividad, con anterioridad al comienzo de
la evaluación previa de las solicitudes presentadas, sin que en ningún caso esta nueva
redistribución afecte a los derechos de quienes han presentado su solicitud conforme a la
distribución inicial. La resolución por la que se redistribuya el crédito será publicada en los
mismos medios que la resolución de convocatoria.
5. Tras la publicación de las resoluciones de concesión por todos los órganos gestores,
en el caso de existencia de sobrantes de los créditos estimados en alguno de los ámbitos
territoriales y/o funcionales, se podrá efectuar una nueva modificación de la distribución
de los créditos asignados que posibilitará una resolución complementaria de concesión
de la subvención que incluya solicitudes, respetando su orden de evaluación, de ámbitos
territoriales y/o funcionales de la misma convocatoria que, aún cumpliendo todos los
requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos
ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el artículo 10.e) del Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta
de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. Para efectuar esta nueva
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00174329

TIPO PROYECTO