Disposiciones generales. . (2020/125-3)
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2020, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 1 de julio de 2020
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también ha de aportar la Declaración responsable incluida como anexo V y el resto de
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones establecida
en el artículo 14.1 de las bases reguladoras.
5. De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, las personas interesadas tienen derecho a no aportar documentos que ya se
encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier
otra Administración. El órgano gestor podrá consultar o recabar dichos documentos salvo
que la persona o entidad interesada se opusiera a ello. Los órganos gestores recabarán
los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta
a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al
efecto.
6. Según lo previsto en el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la presentación de la solicitud por parte de
la persona o entidad interesada conllevará la autorización al órgano gestor para recabar
las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería con competencia en materia
de Hacienda de la Junta de Andalucía, que las bases reguladoras requieran aportar.
7. El plazo de presentación de las solicitudes, anexos y documentación es de un
mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía de la presente Resolución. La presentación de las solicitudes fuera del plazo
establecido dará lugar a su inadmisión.

Cuarto. Aprobación de los formularios.
Se aprueban los formularios de solicitud y gestión de las ayudas que se indican
a continuación, que constan como anexos a la presente resolución, a los que deberá
ajustarse la solicitud de subvención y posteriormente la justificación económica de la
misma:
a) Formulario de solicitud.
b) Anexo I. Modelo de Memoria descriptiva proyectos modalidad A.
c) Anexo II. Modelo de memoria descriptiva proyectos modalidad B.
d) Anexo III. Modelo de memoria descriptiva proyectos modalidad C.
e) Anexo IV. Modelo de declaración del compromiso asumido por las personas
integrantes de las comunidades de bienes, sociedades civiles.
f) Anexo V. Declaración responsable en relación con las circunstancias que impiden
obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de las contempladas en el artículo
13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) Anexo VI. Modelo Cuenta Justificativa (Fase de justificación).
h) Anexo VII. Modelo declaración contabilidad separada (Fase de justificación).Quinto.
Presupuesto.
1. Las subvenciones que se convocan con la presente resolución se financian con
cargo a los créditos asignados específicamente en el presupuesto de gastos de la
Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, dentro del programa
presupuestario 76 A «Ordenación y Promoción Comercial», y más concretamente con
cargo a los siguientes subconceptos presupuestarios:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Entidades beneficiarias y requisitos.
1. Podrán solicitar las subvenciones las pymes que cumplan con los requisitos
establecidos por el artículo 5 de la Orden de 7 de mayo de 2020, para cada una de las
modalidades subvencionables.
2. No podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria aquellas en
quienes concurran las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, y en el artículo 116.2, 4 y 5 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.