3. Otras disposiciones. . (2020/125-13)
Resolución de 25 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 13 de diciembre de 2019 por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2020 respecto de las inicialmente previstas para abril, mayo y junio de 2020 y se complementa la Resolución de 23 de abril y 21 de mayo de 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 1 de julio de 2020
página 167

consecuencia ha dictado la Resolución de 23 de abril de 2020, de la Dirección General
de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 13 de
diciembre de 2019, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020 (BOJA de 25 de abril), así como la
Resolución de 21 de mayo de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral,
por la que se modifica el anexo de la Resolución de 13 de diciembre de 2019, por la que
se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para 2020 respecto de las inicialmente previstas para abril, mayo y junio de 2020
y se complementa la resolución de 23 de abril de 2020 (BOJA de 23 de mayo).
En la presente resolución, que complementa las anteriores de 23 de abril y 21 de
mayo, se han incluido los festivos locales establecidos por los acuerdos municipales,
recibidos en este centro directivo en el periodo de tiempo transcurrido entre la fecha de la
última resolución y la de remisión de la presente al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
para su publicación.
En la actual situación de estado de alarma y conforme con lo establecido en el
artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
según el cual «el Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes
atribuciones: (…) k) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa
del ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado
en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este
supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación»,
se han atendido las comunicaciones remitidas por las Corporaciones Locales, tanto las
relativas a los acuerdos adoptados tanto por el Pleno como, en su caso, por la Alcaldía de
la Entidad Local, entendiendo siempre que son modificaciones de acuerdos remitidos en
2019 e incluidos en el anexo de la Resolución de 13 de abril de 2019.
Por todo anterior se hace preciso modificar el anexo de la citada resolución y proceder
a su publicación. A tal efecto, esta Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral,en
uso de las facultades que están conferidas, en virtud de lo dispuesto por el Decreto del
Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, y Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
R ES U ELV E
Primero. Modificar el anexo de la Resolución de esta Dirección General de fecha 13
de diciembre de 2019, por la que se determinan las fiestas locales en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, anulando los días festivos locales
correspondiente a las siguientes entidades locales, los cuales serán sustituidos por los
que cada una de ellas proponga en su momento:
1 de junio

LANJARÓN

23 de junio

PARADAS

11 de mayo

PILAS

29 de junio

UTRERA

24 de junio

00174262

HUÉSCAR

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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