Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/125-11)
Resolución de 17 de junio de 2020, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Contratado Doctor, mediante contrato laboral especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Miércoles, 1 de julio de 2020
página 129

5. Comisión de Contratación.
5.1. De acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Cádiz, la
Comisión de Contratación está formada por:
- Rector o persona en quien delegue.
- Director/a de Departamento en el que se haya de realizar sus actividades la
candidatura elegida o miembro del profesorado del ámbito de conocimiento implicada en
quien delegue.
- Decano/a o Director/a del Centro o persona en quien delegue.
- Seis miembros del profesorado doctor con vinculación permanente, de los cuales
uno de ellos tendrá vinculación contractual con la Universidad y otro será propuesto por el
Comité de Empresa del Personal Laboral Docente e Investigador Laboral.
Asimismo, asistirán a la Comisión de Contratación, con voz pero sin voto, alguno/a
de los/las Directores/as de Secretariado dependientes del Vicerrectorado competente
como Secretario de la Comisión, y un funcionario del Área de Personal como Secretario/a
Técnico/a.
5.2. La composición de la Comisión de Contratación se encuentra publicada en la
página web del Área de Personal
https://personal.uca.es/wp-content/uploads/2019/11/COMISION-CONTRATACION-DEPROFESORADO.pdf
5.3. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier
fase anterior al procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la
valoración del Departamento.
5.4. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en todo
caso, en los 2 días siguientes a la recepción de la valoración del Departamento, quedando
válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros, requiriéndose, en
todo caso, la presencia de Presidente/a y Secretario/a.
6. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
6.1. La duración del contrato tendrá carácter indefinido.
6.2. Las funciones a realizar por el profesorado contratado podrán ser las de
docencia, investigación, gestión académica y/o atención al alumnado, de acuerdo con lo
designado por la Dirección del Departamento, que será quien las determine en función de
sus necesidades.
7. Retribuciones.
Las retribuciones anuales son las establecidas en la normativa vigente.

9. Presentación de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la firma
del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00174253

8. Resolución del concurso público.
8.1. Una vez valorados los méritos alegados por las candidaturas, la Comisión de
Contratación hará pública en la web del Área de Personal el acta de la reunión de la
misma.
8.2. La publicación del acta tendrá lugar al día siguiente de la celebración de la sesión
de la Comisión. Cuando el número de plazas convocadas así lo aconseje y a criterio del
Vicerrectorado competente, el plazo de publicación del acta podrá establecerse en un
máximo de 4 días.
8.3. Contra la resolución de la Comisión de Contratación podrá interponerse recurso
de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes a contar
desde la fecha de publicación de la misma.