C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250801-17)
Convocatoria subvenciones – Orden 2440/2025, de 23 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2025 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
Pág. 159
lilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2025 al desarrollo
del Plan Corresponsables, los siguientes:
a) Gastos de personal profesional relacionados con los cuidados a personas menores a
cargo de hasta 16 años, como son personas con la cualificación profesional “Atención a personas no dependientes con necesidades de cuidados en su entorno cotidiano”, Técnico Superior en Animación sociocultural y turística, Técnico Superior
en Enseñanza y animación socio deportiva, Técnica/o Superior en Educación infantil y Primaria, Monitores de ocio y tiempo libre y Auxiliares de Guardería y de
Jardín de Infancia, así como titulaciones análogas, necesarias para la prestación del
servicio que estén relacionadas con el cuidado de personas menores, para:
1.o
2.o
3.o
La habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad y con garantía
de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este
marco, a personas menores a cargo de hasta 16 años, que puedan prestarse
en domicilio por un número determinado de horas semanales.
La habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad y con garantía
de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este
marco, de menores a cargo hasta 16 años de edad que puedan prestarse en espacios preferentemente públicos, debidamente habilitados al efecto, cumpliendo con las garantías sanitarias, tales como escuelas, centros municipales o polideportivos, entre otros. En caso de utilizar espacios de carácter
privado para el desarrollo de esta línea de acción, se requerirá la autorización
previa de la comunidad o ciudad autónoma. Dicha autorización garantizará
que el uso de tales espacios y servicios sean accesibles a cualquier familia y
se respeten los criterios de valoración de acceso a los servicios de cuidados.
El uso de los espacios habilitados como centros educativos, centros socioculturales, bibliotecas y similares, para la provisión de cuidados a niños, niñas y jóvenes hasta 16 años de edad.
1.o
2.o
3.o
4.o
5.o
6.o
Gastos por obras menores de rehabilitación o habilitación de espacios para la
puesta en marcha del Plan Corresponsables, siempre que se consideren gastos corrientes de conservación y reparación y nunca gasto de inversión.
Gastos de ampliación de servicio de comedor.
Gastos de transporte.
Gastos de desplazamiento destinados a la puesta en marcha de bolsas de cuidado que atiendan en domicilio o en espacios públicos habilitados.
Gastos en concepto de viaje y estancia vinculados a los proyectos de sensibilización y formación de las personas que impartan dichas actividades.
Gastos de suministros, como electricidad, agua, gas, combustible, telefonía,
internet y todos aquellos que sean imputables relacionados directamente con
el proyecto.
BOCM-20250801-17
En estas actuaciones se podrá autorizar la participación de personas con discapacidad o diversidad funcional de hasta 21 años, siempre que se cubran sus necesidades de atención especializada. Para ellos se podrá financiar con cargo al Plan Corresponsables la contratación de personal especializado y la adquisición de
recursos materiales para la atención a necesidades educativas.
b) Gastos derivados del establecimiento de acciones de sensibilización en materia de
corresponsabilidad, masculinidades igualitarias, cuidados y usos del tiempo y del
establecimiento de acciones de formación para impulsar modelos de masculinidades igualitarias y corresponsables. Dichas acciones podrán tener un espectro amplio como campañas publicitarias, materiales divulgativos, material gráfico y/o
audiovisual, material fungible, actividades culturares, programas formativos, celebración de jornadas, talleres, etc., que tengan un mensaje alineado con los objetivos del Plan.
c) Con carácter general los gastos financiables con el Plan Corresponsables son los
correspondientes al capítulo presupuestario 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios”, según lo recogido en la Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección
General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 29 de enero de 2014, entre los cuales están:
B.O.C.M. Núm. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
Pág. 159
lilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2025 al desarrollo
del Plan Corresponsables, los siguientes:
a) Gastos de personal profesional relacionados con los cuidados a personas menores a
cargo de hasta 16 años, como son personas con la cualificación profesional “Atención a personas no dependientes con necesidades de cuidados en su entorno cotidiano”, Técnico Superior en Animación sociocultural y turística, Técnico Superior
en Enseñanza y animación socio deportiva, Técnica/o Superior en Educación infantil y Primaria, Monitores de ocio y tiempo libre y Auxiliares de Guardería y de
Jardín de Infancia, así como titulaciones análogas, necesarias para la prestación del
servicio que estén relacionadas con el cuidado de personas menores, para:
1.o
2.o
3.o
La habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad y con garantía
de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este
marco, a personas menores a cargo de hasta 16 años, que puedan prestarse
en domicilio por un número determinado de horas semanales.
La habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad y con garantía
de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este
marco, de menores a cargo hasta 16 años de edad que puedan prestarse en espacios preferentemente públicos, debidamente habilitados al efecto, cumpliendo con las garantías sanitarias, tales como escuelas, centros municipales o polideportivos, entre otros. En caso de utilizar espacios de carácter
privado para el desarrollo de esta línea de acción, se requerirá la autorización
previa de la comunidad o ciudad autónoma. Dicha autorización garantizará
que el uso de tales espacios y servicios sean accesibles a cualquier familia y
se respeten los criterios de valoración de acceso a los servicios de cuidados.
El uso de los espacios habilitados como centros educativos, centros socioculturales, bibliotecas y similares, para la provisión de cuidados a niños, niñas y jóvenes hasta 16 años de edad.
1.o
2.o
3.o
4.o
5.o
6.o
Gastos por obras menores de rehabilitación o habilitación de espacios para la
puesta en marcha del Plan Corresponsables, siempre que se consideren gastos corrientes de conservación y reparación y nunca gasto de inversión.
Gastos de ampliación de servicio de comedor.
Gastos de transporte.
Gastos de desplazamiento destinados a la puesta en marcha de bolsas de cuidado que atiendan en domicilio o en espacios públicos habilitados.
Gastos en concepto de viaje y estancia vinculados a los proyectos de sensibilización y formación de las personas que impartan dichas actividades.
Gastos de suministros, como electricidad, agua, gas, combustible, telefonía,
internet y todos aquellos que sean imputables relacionados directamente con
el proyecto.
BOCM-20250801-17
En estas actuaciones se podrá autorizar la participación de personas con discapacidad o diversidad funcional de hasta 21 años, siempre que se cubran sus necesidades de atención especializada. Para ellos se podrá financiar con cargo al Plan Corresponsables la contratación de personal especializado y la adquisición de
recursos materiales para la atención a necesidades educativas.
b) Gastos derivados del establecimiento de acciones de sensibilización en materia de
corresponsabilidad, masculinidades igualitarias, cuidados y usos del tiempo y del
establecimiento de acciones de formación para impulsar modelos de masculinidades igualitarias y corresponsables. Dichas acciones podrán tener un espectro amplio como campañas publicitarias, materiales divulgativos, material gráfico y/o
audiovisual, material fungible, actividades culturares, programas formativos, celebración de jornadas, talleres, etc., que tengan un mensaje alineado con los objetivos del Plan.
c) Con carácter general los gastos financiables con el Plan Corresponsables son los
correspondientes al capítulo presupuestario 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios”, según lo recogido en la Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección
General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 29 de enero de 2014, entre los cuales están: