Arganda del Rey (BOCM-20250731-60)
Régimen económico. Precios públicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 496
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
BOCM-20250731-60
Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo,
con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Propia Junta de Gobierno
Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas).
Arganda del Rey, a 22 de julio de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda y Festejos
Populares, Álvaro Fernández Martín-Consuegra.
(01/12.008/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 496
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 181
BOCM-20250731-60
Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo,
con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Propia Junta de Gobierno
Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas).
Arganda del Rey, a 22 de julio de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda y Festejos
Populares, Álvaro Fernández Martín-Consuegra.
(01/12.008/25)
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