C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250729-37)
Carta de servicios –  Orden 2002/2025, de 9 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se actualizan anexos de la Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 179

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JULIO DE 2025

Pág. 203

FICHA DE PRESTACIONES SOCIALES

010401
Denominación
Objetivo general
Categoría específica
Finalidad

Descripción

Procedimiento de prestación

Utilización de dispositivos técnicos o
tecnológicos
Modalidades
Tipo de centro o recurso de atención
Subtipo de centro o recurso
Población a la que va dirigida
Perfil de persona beneficiaria

Requisitos para el acceso

Garantizada/condicionada
Criterios de prioridad
Derechos específicos
Obligaciones específicas
Régimen de compatibilidad
con otras prestaciones
Estándares de calidad

INFORMACIÓN SOBRE LA PRESTACIÓN
Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las
prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
(SAAD).
Acceso, información, valoración.
Valoración.
Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho subjetivo de acceso
al catálogo de servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia (SAAD).
Tramitación de la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia de la
persona:
x La dependencia se define como el “estado de carácter permanente en que se
encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o
la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental,
intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas
importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las
personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para
su autonomía personal”.
x La valoración técnica de la situación de dependencia se realiza en el entorno
habitual del interesado, conforme a los baremos establecido en la normativa
estatal en vigor.
x La situación de dependencia se define mediante tres grados: Grado III, Gran
Dependencia, Grado II, Dependencia Severa, Grado I, Dependencia Moderada.
x El reconocimiento de la situación de dependencia, en cualquiera de sus grados,
conlleva la elaboración del Programa Individual de Atención (PIA), previa consulta
al interesado, y el reconocimiento del derecho a los servicios de atención y
prestaciones económicas de atención a la dependencia.
x El reconocimiento inicial o revisión del grado se inicia mediante solicitud del
interesado, que se podrá tramitar de manera presencial, a través de su Centro de
Servicios Sociales municipal, o telemáticamente.
(acceder a: Reconocimiento de Dependencia | Comunidad de Madrid).
x Comprobado el cumplimiento de requisitos y la aportación de los informes
necesarios (social y de salud), se procederá a la citación del interesado para la
valoración.
x Valoración técnica del interesado en su domicilio, por parte del equipo
sociosanitario.
x Trámite de consulta al interesado sobre el catálogo de prestaciones del SAAD.
x Emisión de dictamen técnico y, en su caso, propuesta de PIA, con la modalidad
de intervención más adecuada para su atención.
x El procedimiento concluye con una resolución única de reconocimiento de la
situación de dependencia y de aprobación del PIA, reconociendo el derecho al
acceso a las prestaciones y servicios que en el mismo se establezcan.
No.
Presencial. A domicilio.
Servicio de valoración técnica.
Personas en situación de dependencia.
Personas en situación de dependencia.
x Encontrarse en situación de dependencia.
x Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales
dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la
solicitud. Para los menores de cinco años, el periodo de residencia se exigirá a
quien ejerza su guarda y custodia.
x Residir en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid a fecha de la solicitud.
Garantizada.
Antigüedad en la fecha de la solicitud.
No.
No.
Compatible.
x Carta de Servicios de la Dirección General de Atención al Mayor y a la
Dependencia (BOCM nº 39, de 15/02/2018).
x Plan de Calidad de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20250729-37

PRESTACIÓN DE SERVICIO