C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250729-37)
Carta de servicios –  Orden 2002/2025, de 9 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se actualizan anexos de la Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 179

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JULIO DE 2025

Pág. 201

FICHA DE PRESTACIONES SOCIALES

0103011
Denominación
Objetivo general
Categoría específica

Finalidad

Descripción

Procedimiento de prestación
Utilización de dispositivos técnicos o
tecnológicos
Modalidades
Tipo de centro o recurso de atención

INFORMACIÓN SOBRE LA PRESTACIÓN
Asesoría Jurídica del Centro Regional de Información y Documentación
Juvenil (CRIDJ).
Acceso, información, valoración.
Orientación especializada.
Ofrecer a los jóvenes residentes de la Comunidad de Madrid un recurso de
información y asesoramiento especializado sobre materias de interés juvenil.
Su actividad está encaminada a la valoración y análisis de recursos en el
ámbito jurídico, con la finalidad de ofrecer a los jóvenes respuestas adecuadas
para mejorar su desarrollo personal, social, educativo y económico, de acuerdo
con la normativa que regula la creación y reconocimiento de la red de centros
de información juvenil de la Comunidad de Madrid.
x La asesoría jurídica del CRIDJ presta labores de información y asesoramiento
jurídico de la máxima calidad y profesionalidad, por personal formado en
Derecho que conoce la normativa jurídica vigente, aplicable en los diferentes
ámbitos de vida relacionados con la juventud (empleo, vivienda, servicios
sociales, etc.)
x Ofrece información completa y fiable, que favorece su completa incorporación
a la sociedad y la igualdad de oportunidades en un momento vital en el que
los jóvenes han de tomar decisiones en ámbitos concretos de su vida.
Atención personal, individualizada e inmediata.
Los requeridos para la comunicación en la prestación no presencial.
Presencial, telefónica y telemática.

Requisitos para el acceso

Servicio de atención social.
Oficina Joven de la Comunidad de Madrid.
(C/ Gral. Díaz Porlier, nº 35).
Población joven de la Comunidad de Madrid
Jóvenes con edades entre 14 y 30 años, inclusive, y que residan en cualquier
municipio de la Comunidad de Madrid, con excepciones en relación a la materia
consultada según normativa específica.
Ninguno.

Garantizada/condicionada

Garantizada.

Criterios de prioridad

No.

Derechos específicos

No.

Obligaciones específicas
Régimen de compatibilidad con otras
prestaciones

No.

Subtipo de centro o recurso
Población a la que va dirigida
Perfil de persona beneficiaria

Compatible.

Competencia

x Plan de Calidad de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
x Anexo III de la Orden por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales
de la Comunidad de Madrid.
Comunidad de Madrid.

Nivel de atención

Atención especializada.

Ámbito territorial de atención

Comunidad de Madrid.

Proveedor del servicio

Comunidad de Madrid.

Forma de gestión

Directa.

Aportación de la persona usuaria

No.

Plazo de concesión

Inmediata, sin cita previa.

Duración de la prestación

Variable, en función de la necesidad.

Estándares de calidad

x Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de
Madrid.
x Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid
Normativa reguladora
x Orden 1235/1991, de 13 de noviembre, de creación y reconocimiento de la
red de centros de información de la Comunidad de Madrid y posteriores
modificaciones de la citada Orden.
Información complementaria: Juventud | Comunidad de Madrid

BOCM-20250729-37

PRESTACIÓN DE SERVICIO