El Escorial (BOCM-20250728-46)
Organización y funcionamiento. Ordenanza usos medios electrónicos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 168
LUNES 28 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 178
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y las disposiciones específicas
que regulan el tratamiento automatizado de la información, la propiedad intelectual y los servicios de
la sociedad de la información.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Habilitación de desarrollo
Se habilita a la Alcaldía Presidencia para que adopte las medidas organizativas necesarias que
permitan el desarrollo de las previsiones de la presente Ordenanza y pueda modificar los aspectos
técnicos que sean convenientes por motivos de normalización, interoperabilidad o, en general,
adaptación al desarrollo tecnológico.
DISPOSICIÓN DEROGATIVA.
La presente Ordenanza, deroga la aprobada por este Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 25
de enero de 2012, publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93
de fecha 19 de abril de 2012 y posterior modificación por el pleno de fecha 7 de noviembre de 2023
y publicada en el BOCM número 35 de fecha 11 de febrero de 2013.
DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor
Se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y no entrará en vigor hasta
que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo
65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo
en vigor hasta su modificación o derogación expresa».
BOCM-20250728-46
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 15 de julio de 2025.—La concejal-delegada de Régimen Interior, Vanesa Herranz Benito.
(03/11.704/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 168
LUNES 28 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 178
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y las disposiciones específicas
que regulan el tratamiento automatizado de la información, la propiedad intelectual y los servicios de
la sociedad de la información.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Habilitación de desarrollo
Se habilita a la Alcaldía Presidencia para que adopte las medidas organizativas necesarias que
permitan el desarrollo de las previsiones de la presente Ordenanza y pueda modificar los aspectos
técnicos que sean convenientes por motivos de normalización, interoperabilidad o, en general,
adaptación al desarrollo tecnológico.
DISPOSICIÓN DEROGATIVA.
La presente Ordenanza, deroga la aprobada por este Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 25
de enero de 2012, publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93
de fecha 19 de abril de 2012 y posterior modificación por el pleno de fecha 7 de noviembre de 2023
y publicada en el BOCM número 35 de fecha 11 de febrero de 2013.
DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor
Se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y no entrará en vigor hasta
que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo
65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo
en vigor hasta su modificación o derogación expresa».
BOCM-20250728-46
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 15 de julio de 2025.—La concejal-delegada de Régimen Interior, Vanesa Herranz Benito.
(03/11.704/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791