C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250726-1)
Convenio colectivo – Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del grupo de empresas de las Fundaciones de Investigación Biomédicas de las Instituciones Sanitarias del SERMAS (Código número 28102923012020)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 14
SÁBADO 26 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 177
Formación: Título de Formación Profesional de Grado Medio, Bachiller o equivalente (EQF4).
Grupo profesional VI:
Se incluyen en este grupo a aquellos/as profesionales que llevan a cabo tareas consistentes en
operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, con alto grado de
supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesionales de carácter elemental.
Asimismo, incluirá a aquellos/as trabajadores/as que llevan a cabo tareas que se realizan de forma
manual o con ayuda de elementos mecánicos simples ajustándose a instrucciones concretas,
claramente establecidas, con un alto grado de dependencia y que requieren normalmente esfuerzo
físico y atención, y que no necesitan de formación específica.
Formación: EQF1 a EQF3.
Artículo 14. Áreas Funcionales
Se establecen las siguientes Áreas Funcionales:
Área Funcional 1: Investigación
Se incluyen en esta área a los y las profesionales cuya función principal de carácter científico,
consista en la planificación, realización, interpretación y divulgación de la investigación. Comprende
fundamentalmente profesionales del Grupo I y II.
Área Funcional 2: Científico-Técnica
Se incluyen en esta área los y las trabajadores/as cuya función principal consista en dar soporte al
desarrollo de la investigación. Incluyen profesionales de los grupos II a V
Área Funcional 3: Administración y Gestión
Se incluyen en esta área los y las profesionales cuya función principal consista en la gestión técnica,
económica y administrativa, así como el apoyo, asesoramiento y asistencia en el desarrollo de las
funciones de las Fundaciones. Incluyen trabajadores/as de los grupos II a VI
Artículo 15. Categorías Profesionales
Se establecen las siguientes categorías agrupadas por área funcional y grupo profesional:
Área 1
Grupo I
Investigador/a titular
Son investigadores o investigadoras titulares el personal investigador con certificado R3, certificado
I3 o que haya superado una evaluación equivalente a la del Programa de Incentivación de la
Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), entendiendo como tal la establecida
en el artículo 22 bis y en la disposición adicional decimosexta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Deben asumir la dirección y coordinación de una o diversas
BOCM-20250726-1
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 14
SÁBADO 26 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 177
Formación: Título de Formación Profesional de Grado Medio, Bachiller o equivalente (EQF4).
Grupo profesional VI:
Se incluyen en este grupo a aquellos/as profesionales que llevan a cabo tareas consistentes en
operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, con alto grado de
supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesionales de carácter elemental.
Asimismo, incluirá a aquellos/as trabajadores/as que llevan a cabo tareas que se realizan de forma
manual o con ayuda de elementos mecánicos simples ajustándose a instrucciones concretas,
claramente establecidas, con un alto grado de dependencia y que requieren normalmente esfuerzo
físico y atención, y que no necesitan de formación específica.
Formación: EQF1 a EQF3.
Artículo 14. Áreas Funcionales
Se establecen las siguientes Áreas Funcionales:
Área Funcional 1: Investigación
Se incluyen en esta área a los y las profesionales cuya función principal de carácter científico,
consista en la planificación, realización, interpretación y divulgación de la investigación. Comprende
fundamentalmente profesionales del Grupo I y II.
Área Funcional 2: Científico-Técnica
Se incluyen en esta área los y las trabajadores/as cuya función principal consista en dar soporte al
desarrollo de la investigación. Incluyen profesionales de los grupos II a V
Área Funcional 3: Administración y Gestión
Se incluyen en esta área los y las profesionales cuya función principal consista en la gestión técnica,
económica y administrativa, así como el apoyo, asesoramiento y asistencia en el desarrollo de las
funciones de las Fundaciones. Incluyen trabajadores/as de los grupos II a VI
Artículo 15. Categorías Profesionales
Se establecen las siguientes categorías agrupadas por área funcional y grupo profesional:
Área 1
Grupo I
Investigador/a titular
Son investigadores o investigadoras titulares el personal investigador con certificado R3, certificado
I3 o que haya superado una evaluación equivalente a la del Programa de Incentivación de la
Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), entendiendo como tal la establecida
en el artículo 22 bis y en la disposición adicional decimosexta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Deben asumir la dirección y coordinación de una o diversas
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