Alcobendas (BOCM-20250723-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 264
MIÉRCOLES 23 DE JULIO DE 2025
-
Sistema tributario local
-
Prevención de riesgos laborales
NÚMERO DE HORAS
B.O.C.M. Núm. 174
VALOR EN PUNTOS
Hasta 20 horas
0,10
Hasta 60 horas
0,30
Más de 60 horas
0,50
Todas las acciones formativas contempladas en el Plan de Formación continua del Ayuntamiento
de Alcobendas, independientemente de su contenido y duración, tendrán una puntuación adicional
de 0,01 puntos.
En cuanto a los cursos de Ofimática e Informática (sólo se tendrán en cuenta aquellos que estén
en uso en el Ayuntamiento).
No se valorarán sistemas operativos ni programas no utilizados en la Organización. En los de igual
función sólo se valorará uno eligiendo el más moderno o en uso por parte de la Organización)
Cada curso sólo podrá ser valorado una vez.
La Autobaremación de méritos se realizará, por parte de la persona solicitante, dentro de la propia
convocatoria online en el proceso de presentación de la solicitud.
La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos
méritos que hayan sido justificados documentalmente.
BASE 9ª.- ACREDITACIÓN DE MÉRITOS
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente.
Cuando dichos datos obren en poder de este Ayuntamiento, por la Dirección General de Gestión
de Talento se expedirán los documentos que acrediten la EXPERIENCIA y FORMACIÓN que
consten en el expediente personal de la persona aspirante, previa petición expresa por parte de
aquella, con una antelación mínima de tres días antes del último día del plazo de presentación de
solicitudes.
Dichos documentos serán entregados a la persona interesada, que deberá revisar su contenido
para su presentación en este proceso selectivo, por si estima necesario complementarlos con
algún otro mérito o por si existieran errores en dichos documentos ya que, de ser así, no podrá
modificarse con posterioridad a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
Los documentos expedidos relativos a experiencia y formación se presentarán debidamente firmados por el Departamento de Gestión de Talento (Recursos Humanos). En caso contrario no serán
considerados a la hora de realizar la valoración por parte de la Comisión.
Toda aquella documentación que no se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcobendas, si la
persona interesada no la aporta, no será tenida en cuenta en la valoración, aunque se haya hecho
alusión a la misma en la Autobaremación de méritos dentro de la Convocatoria.
BASE 10ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración propuesta por la Dirección General de Gestión de Talento tendrá un
número de miembros impar y estará compuesta por:
x
Presidencia
x
Secretaría
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento
x
3 Vocales
Tres funcionarios/as de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento de los que, al menos
uno, corresponderá al Área destinataria del puesto.
BOCM-20250723-42
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 264
MIÉRCOLES 23 DE JULIO DE 2025
-
Sistema tributario local
-
Prevención de riesgos laborales
NÚMERO DE HORAS
B.O.C.M. Núm. 174
VALOR EN PUNTOS
Hasta 20 horas
0,10
Hasta 60 horas
0,30
Más de 60 horas
0,50
Todas las acciones formativas contempladas en el Plan de Formación continua del Ayuntamiento
de Alcobendas, independientemente de su contenido y duración, tendrán una puntuación adicional
de 0,01 puntos.
En cuanto a los cursos de Ofimática e Informática (sólo se tendrán en cuenta aquellos que estén
en uso en el Ayuntamiento).
No se valorarán sistemas operativos ni programas no utilizados en la Organización. En los de igual
función sólo se valorará uno eligiendo el más moderno o en uso por parte de la Organización)
Cada curso sólo podrá ser valorado una vez.
La Autobaremación de méritos se realizará, por parte de la persona solicitante, dentro de la propia
convocatoria online en el proceso de presentación de la solicitud.
La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos
méritos que hayan sido justificados documentalmente.
BASE 9ª.- ACREDITACIÓN DE MÉRITOS
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente.
Cuando dichos datos obren en poder de este Ayuntamiento, por la Dirección General de Gestión
de Talento se expedirán los documentos que acrediten la EXPERIENCIA y FORMACIÓN que
consten en el expediente personal de la persona aspirante, previa petición expresa por parte de
aquella, con una antelación mínima de tres días antes del último día del plazo de presentación de
solicitudes.
Dichos documentos serán entregados a la persona interesada, que deberá revisar su contenido
para su presentación en este proceso selectivo, por si estima necesario complementarlos con
algún otro mérito o por si existieran errores en dichos documentos ya que, de ser así, no podrá
modificarse con posterioridad a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
Los documentos expedidos relativos a experiencia y formación se presentarán debidamente firmados por el Departamento de Gestión de Talento (Recursos Humanos). En caso contrario no serán
considerados a la hora de realizar la valoración por parte de la Comisión.
Toda aquella documentación que no se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcobendas, si la
persona interesada no la aporta, no será tenida en cuenta en la valoración, aunque se haya hecho
alusión a la misma en la Autobaremación de méritos dentro de la Convocatoria.
BASE 10ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración propuesta por la Dirección General de Gestión de Talento tendrá un
número de miembros impar y estará compuesta por:
x
Presidencia
x
Secretaría
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento
x
3 Vocales
Tres funcionarios/as de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento de los que, al menos
uno, corresponderá al Área destinataria del puesto.
BOCM-20250723-42
Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo C2 o superior del Ayuntamiento