D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250719-18)
Convenio –  Convenio de 23 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula y de ayudas adicionales por importe de 1.293.566,76 euros para estudios oficiales para estudiantes universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2025-2026
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 174

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 171

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
18

CONVENIO de 23 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Rey Juan Carlos de
Madrid para la financiación de la compensación de precios públicos de matrícula y de ayudas adicionales por importe de 1.293.566,76 euros para estudios oficiales para estudiantes universitarios en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2025-2026.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, como Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, nombrado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de la competencia de representación prevista en el artículo
41.a) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y de acuerdo con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, Excmo. Sr. , D. Abraham Duarte Muñoz, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, nombrado por Decreto 28/2025, de 21 de mayo, del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
núm. 124, de 26 de mayo de 2025), en nombre y representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y por los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por
Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 54, de 5 de marzo de 2003), y
modificados por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 137, de 10 de junio de 2010), domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle Tulipán, s/n, y con C.I.F. Q2803011B.
1
Ambas partes se reconocen capacidad y representación suficiente para formalizar el
presente Convenio y a tal fin,
EXPONEN

La educación, en todos sus niveles, es el elemento fundamental a través del cual se articula una sociedad más justa, equilibrada y democrática.
La Comunidad de Madrid, con el fin de facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la
educación universitaria, quiere mantener la colaboración con la Universidad Rey Juan Carlos en un programa que viene desarrollándose desde 2016, que hace posible que los estudiantes continúen en los estudios en los que están matriculados, sin que su situación socioeconómica constituya un impedimento, subvencionando para ello los precios de matrícula
de aquellos estudiantes que, cumpliendo determinados requisitos y los del propio convenio,
no hayan podido beneficiarse de las becas convocadas por el Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
Como en el pasado ejercicio, se mantiene la ampliación de estas ayudas con otras adicionales, que consigan para estos estudiantes minimizar sus barreras de entrada y los costes de oportunidad que puedan suponer para muchos estudiantes esta dedicación. Así, en el
caso de que existan remanentes no aplicados para el concepto de ayudas a matrículas, estos
se podrán destinar a sufragar las líneas de ayudas propias que en aplicación del presente
convenio establezcan la universidad para aquellos estudiantes que cumplan los requisitos
que se determinan en el convenio.

BOCM-20250719-18

Primero