C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250718-20)
Plan sostenibilidad turística – Orden 1547/2025, de 3 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 2368/2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la ejecución del “Plan de sostenibilidad turística en destino del Ayuntamiento de Aranjuez”, que forma parte del “Plan territorial de la Comunidad de Madrid 2021”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (fondos de la Unión Europea-NextGenerationEU)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE JULIO DE 2025
Pág. 89
Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis sobre acumulación
de ayudas, en virtud del cual, el total de ayudas de minimis recibidas por el beneficiario, cualquiera que sea su objeto y forma, así como la Administración concedente, no podrá superar los 300.000 euros durante un período de tres años anteriores a la fecha de concesión.
q) Asimismo, la entidad beneficiaria deberá aportar, la siguiente documentación previa para la conformación del expediente por parte de la Comunidad de Madrid:
— Solicitud oficial de la entidad beneficiaria a la SETUR para la financiación de las
actuaciones dentro del marco de la Convocatoria Extraordinaria de los Planes de
Sostenibilidad Turística en Destino 2021 para la Comunidad de Madrid.
— Detalle de las actuaciones a desarrollar en el PSTD de la entidad beneficiaria
con los importes y anualidades correspondientes (fichas de las actuaciones).
— Declaración de no estar incurso en las causas de prohibición establecidas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (relativo a los requisitos
para obtener la condición de beneficiario o entidad beneficiaria).
— Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones o finalidades subvencionadas.
— Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid o autorización de consulta de datos.
— Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), conforme al modelo del anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
— Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR, y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo del anexo IV.C de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
— Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI).
r)
La entidad beneficiaria deberá aportar la documentación descrita a continuación
para la formalización de la transferencia de fondos:
— Certificado de titularidad de una cuenta bancaria.
— Certificado emitido por la entidad beneficiaria afirmando que la cuenta bancaria es de carácter restringido y que en ella se ingresarán los fondos relativos
al Componente 14 I1 S2 con cargo a esta subvención.
— Certificado de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid de haber depositado las cuentas de la entidad beneficiaria relativas a la anualidad que corresponda en el momento de pago.
— Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones o finalidades subvencionadas.
s)
Por último, se deberán trasladar a los instrumentos de contratación las obligaciones asumidas, tanto para el perceptor final de los fondos como para la entidad ejecutora, en lo referente a: las condiciones exigidas por la Orden HFP 1030/2021,
de 29 de septiembre, la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero y cualquier otra obligación derivada del MRR».
Once. Dentro del Dispongo Sexto. Pago y cuantía de la ayuda.
Donde dice:
“La aportación que realice la Comunidad de Madrid se efectuará con cargo a la partida 46309 del Programa 432A, (…)”.
Debe decir:
“La aportación que realice la Comunidad de Madrid se efectuará con cargo a la partida 46309 del Programa 432A, Fondo 2021/00119 y Proyecto de Gasto 2022/000775 (…)”.
BOCM-20250718-20
En su apartado 1 se añade texto en su tercer párrafo:
B.O.C.M. Núm. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE JULIO DE 2025
Pág. 89
Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis sobre acumulación
de ayudas, en virtud del cual, el total de ayudas de minimis recibidas por el beneficiario, cualquiera que sea su objeto y forma, así como la Administración concedente, no podrá superar los 300.000 euros durante un período de tres años anteriores a la fecha de concesión.
q) Asimismo, la entidad beneficiaria deberá aportar, la siguiente documentación previa para la conformación del expediente por parte de la Comunidad de Madrid:
— Solicitud oficial de la entidad beneficiaria a la SETUR para la financiación de las
actuaciones dentro del marco de la Convocatoria Extraordinaria de los Planes de
Sostenibilidad Turística en Destino 2021 para la Comunidad de Madrid.
— Detalle de las actuaciones a desarrollar en el PSTD de la entidad beneficiaria
con los importes y anualidades correspondientes (fichas de las actuaciones).
— Declaración de no estar incurso en las causas de prohibición establecidas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (relativo a los requisitos
para obtener la condición de beneficiario o entidad beneficiaria).
— Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones o finalidades subvencionadas.
— Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid o autorización de consulta de datos.
— Modelo de declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), conforme al modelo del anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
— Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR, y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al modelo del anexo IV.C de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
— Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI).
r)
La entidad beneficiaria deberá aportar la documentación descrita a continuación
para la formalización de la transferencia de fondos:
— Certificado de titularidad de una cuenta bancaria.
— Certificado emitido por la entidad beneficiaria afirmando que la cuenta bancaria es de carácter restringido y que en ella se ingresarán los fondos relativos
al Componente 14 I1 S2 con cargo a esta subvención.
— Certificado de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid de haber depositado las cuentas de la entidad beneficiaria relativas a la anualidad que corresponda en el momento de pago.
— Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones o finalidades subvencionadas.
s)
Por último, se deberán trasladar a los instrumentos de contratación las obligaciones asumidas, tanto para el perceptor final de los fondos como para la entidad ejecutora, en lo referente a: las condiciones exigidas por la Orden HFP 1030/2021,
de 29 de septiembre, la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero y cualquier otra obligación derivada del MRR».
Once. Dentro del Dispongo Sexto. Pago y cuantía de la ayuda.
Donde dice:
“La aportación que realice la Comunidad de Madrid se efectuará con cargo a la partida 46309 del Programa 432A, (…)”.
Debe decir:
“La aportación que realice la Comunidad de Madrid se efectuará con cargo a la partida 46309 del Programa 432A, Fondo 2021/00119 y Proyecto de Gasto 2022/000775 (…)”.
BOCM-20250718-20
En su apartado 1 se añade texto en su tercer párrafo: