C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250717-26)
Concesión subvenciones –  Orden 1513/2025, de 3 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1770/2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la concesión de una subvención directa al grupo de acción local “Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá-ARACOVE” por importe de 2.610.000 euros, para la ejecución de “la acción de cohesión turismo rural” que forma parte del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021 (C.14. I1. Submedida 2. Planes de Sostenibilidad Turística en Destino), financiado con fondos Next Generation de la Unión Europea
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 169

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025

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HyO Críticos:
— Ejecución del 50 % en el segundo semestre del año 2024 y presentación de certificado de cumplimiento emitido por entidad gestora del PSTD de referencia.
— Ejecución del 100 % el 30 de junio de 2026 y presentación de certificado de cumplimiento emitido por la Entidad Gestora de la ACD de referencia a fecha de 30
de junio de 2026.
HyO no Críticos:
— Celebración de una reunión de seguimiento en el año 2023 y remisión de la correspondiente acta.
— Celebración de dos reuniones de seguimiento en el año 2024 y remisión de las correspondientes actas.
aa) Por último, se compromete a entregar a la Comunidad de Madrid cuanta información fuera necesaria para asegurar la correcta ejecución y el control de
las actuaciones objeto de la Orden».
Cinco. En el Dispongo Octavo. Plazo y forma de justificación.
Se modifican su introducción y sus apartados b) y c) en lo referente al plazo máximo
de ejecución, quedando su texto íntegro redactado de la siguiente manera:
«Octavo. Plazo y forma de justificación.
El periodo de realización de las actuaciones subvencionadas será el comprendido desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de junio de 2026 y según lo establecido en los Hitos de
la Decisión relativos a la finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos,
aplicables al Plan Territorial 2021 de la Comunidad de Madrid.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, como entidad ejecutora y gestora del
subproyecto “ACD Turismo Rural”, será la responsable ante la entidad decisoria de la justificación de la totalidad de la ACD y del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid, que
realizará según lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
ARACOVE como beneficiaria de la subvención justificará ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte la correcta ejecución de las acciones recogidas en el Anexo I de la
presente Orden. Con tal fin, presentará por registro ante la Comunidad de Madrid la siguiente documentación:
a) En relación a la justificación del cumplimiento del principio DNSH, aportará una evaluación favorable de adecuación al principio de DNSH, o en su caso, una declaración
responsable del cumplimiento del mismo, de acuerdo a los modelos establecidos en la
Guía DNSH del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
( https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/recuperacion-transformacion-esiliencia
/transicion-verde/guiadnshmitecov20_tcm30-528436.pdf ) firmada por el presidente de ARACOVE.
b) Justificación documental de la ejecución realizada semestralmente la cual se hará
mediante presentación de cuenta justificativa de conformidad con el art. 30 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre y el art. 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de

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ferente a: las condiciones exigidas por la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero y cualquier otra obligación derivada del MRR.
z) Contribuir al cumplimiento de los HyO descritos en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España 2021/0156; así como a los HyO descritos en la Decisión de la
Comisión en la que se aprueban los Operational Arrangements (en adelante OA)
entre la Comisión y España, en concordancia con la Regulación (EU) 2021/241, y
los HyO de gestión (críticos y no críticos) definidos en la Orden 1030/2021, de 29
de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, deberá atenderse al cumplimiento de los hitos CID de la Decisión número 220 y 221 relativo a la finalización
de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, en concordancia con los mecanismos de verificación establecidos por los HyO OA, esto es el 220 y el 221.
Para ello se establecen los siguientes HyO: