Madrid (BOCM-20250716-55)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM
Pág. 634
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 168
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del titular del Área
de Gobierno de Políticas de Vivienda y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid en su reunión de 3 de julio de 2025,
ACUERDA
BOCM-20250716-55
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.o 1.2.a), c) y 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023,
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos; en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas
Verdes en el apartado 19.o 1.1.b) y 1.4.a) y d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Servicios
de Limpieza y Residuos en el apartado 20.o 1.1.a) y 1.2.c) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Regeneración Urbana en el apartado 7.o 1.2 y 1.4 del Acuerdo de 29 de
junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos
relativos a la realización de las obras de acondicionamiento y adecuación de la accesibilidad de las zonas interbloques entre Camino Viejo de Villaverde y avenida Rafaela Ybarra,
en el Distrito de Usera.
Segundo.—Delegar en la concejala-presidenta del Distrito de Usera las competencias
avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 3 de julio de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, P. S. (Decreto de 19 de junio de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias), María Concepción Contreras López-Brea.
(03/11.184/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 168
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, del titular del Área
de Gobierno de Políticas de Vivienda y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid en su reunión de 3 de julio de 2025,
ACUERDA
BOCM-20250716-55
Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.o 1.2.a), c) y 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023,
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos; en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas
Verdes en el apartado 19.o 1.1.b) y 1.4.a) y d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Servicios
de Limpieza y Residuos en el apartado 20.o 1.1.a) y 1.2.c) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Regeneración Urbana en el apartado 7.o 1.2 y 1.4 del Acuerdo de 29 de
junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos
relativos a la realización de las obras de acondicionamiento y adecuación de la accesibilidad de las zonas interbloques entre Camino Viejo de Villaverde y avenida Rafaela Ybarra,
en el Distrito de Usera.
Segundo.—Delegar en la concejala-presidenta del Distrito de Usera las competencias
avocadas en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 3 de julio de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, P. S. (Decreto de 19 de junio de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias), María Concepción Contreras López-Brea.
(03/11.184/25)
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