Madrid (BOCM-20250716-56)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 168

de Limpieza y Residuos en el apartado 20.o 1.2 b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas del Área de Gobierno
de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a realizar las actuaciones de
montaje, conservación, reparación, desmontaje y almacenamiento de la estructura y elementos textiles de sombra en la Puerta del Sol, hasta el 31 de octubre de 2027.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta
conjunta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y
de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que eleva la Vicealcaldesa, y
previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 3 de
julio de 2025,
ACUERDA

BOCM-20250716-56

Primero.—Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Servicios de
Limpieza y Residuos en el apartado 20.o 1.2 b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente en lo relativo
a realizar hasta el 31 de octubre de 2027 las actuaciones de montaje, conservación, reparación, desmontaje y almacenamiento de la estructura y elementos textiles de sombra en la
Puerta del Sol.
Segundo.—Delegar en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas la competencia avocada en el apartado primero.
Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente Acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.
Sexto.—El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 3 de julio de2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de
Gobierno, P. S. (Decreto de 19 de junio de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de
Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias), María Concepción Contreras López-Brea.
(03/11.186/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791