Madrid (BOCM-20250716-56)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 168

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025

Pág. 635

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo de 3 de julio de 2025, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el
que se avoca la competencia para el montaje, conservación, reparación, desmontaje y almacenamiento de la estructura y elementos textiles de sombra en la Puerta del Sol y se delega
en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas del Área de Gobierno de Obras
y Equipamientos:
En el año 2023 se finalizó la remodelación de la Puerta del Sol, recuperando la arquitectura de la plaza resultante del proyecto original del siglo XIX, como un espacio en el que
predomine el vacío, sin renunciar a introducir los elementos esenciales para su función en
cuanto a espacio público estancial. Se ha reforzado su carácter representativo en el contexto de la ciudad e incluso en el de su referencia desde el exterior, recuperando los valores patrimoniales acordes con su condición de Bien de Interés Cultural.
Después de esta dignificación de la plaza y del uso intensivo que de ella se hace por
parte de la ciudadanía, se ha considerado necesario introducir elementos de mobiliario urbano que ayuden a reducir el fenómeno de isla de calor y hacer frente a los efectos ya percibidos del incremento de las temperaturas, especialmente en los meses de verano.
Para ello, se requiere instalar en la Puerta del Sol una estructura y elementos textiles
de sombra no permanentes, conformada por toldos tipo vela tensados y desmontables, que
demandan unas especiales características técnicas dadas las singulares características del
emplazamiento, tanto técnicas como de paisaje urbano y patrimonio.
Conforme al apartado 20.o 1.2 b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de
Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno
de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos es competente para conservar, mantener y reparar el mobiliario urbano,
sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Gestión del Agua y
Zonas Verdes y a los distritos.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole técnica
y económica, las cuales aconsejan que hasta el 31 de octubre de 2027, las actuaciones de
montaje, conservación, reparación, desmontaje y almacenamiento de la estructura y elementos textiles de sombra en la Puerta del Sol se realicen por la Dirección General de Conservación de Vías Públicas.
Dichas razones se derivan del hecho de que la Dirección General de Conservación de
Vías Públicas tiene los conocimientos técnicos necesarios para la adecuada conservación,
mantenimiento y reparación de estos elementos. Asimismo, en el Área de Gobierno de
Obras y Equipamientos obra toda la documentación técnica previa, así como todos los antecedentes técnicos, estructurales y del entorno y cuyo estricto cumplimiento ha de garantizarse en la realización de dichas tareas de conservación, mantenimiento y reparación.
Por su parte, según lo previsto en el apartado 8.o 1.2 del Acuerdo de 29 de junio
de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias
del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de
Vías Públicas tiene la competencia para la conservación de infraestructuras viarias e instalaciones urbanas. Dispone por tanto de suficientes medios para llevar a cabo con sus recursos ordinarios personales, materiales, económicos y técnicos, las actuaciones de montaje,
conservación, reparación, desmontaje y almacenamiento de la estructura y elementos textiles de sombra en la Puerta del Sol.
Para que las actuaciones se realicen por la Dirección General de Conservación de Vías
Públicas, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General de Servicios

BOCM-20250716-56

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias