Los Molinos (BOCM-20250716-70)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
Pág. 667
13. Lista de espera.
13.1 Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del destino, se
formará una "Lista de Espera", a efectos de su posible nombramiento como funcionario interino, con
aquellos aspirantes que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria, hubieran alcanzado
un nivel mínimo suficiente para el desempeño de las funciones correspondientes de acuerdo con lo
establecido en la respectiva convocatoria singular, ordenados según la puntuación obtenida en el
proceso. Se entenderá como "nivel mínimo suficiente" el haber superado, al menos, la primera parte
del ejercicio de la fase de oposición.
13.2 Los aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar escrito
de renuncia ante la Administración convocante.
En todo caso tendrán preferencia los aspirantes que hayan aprobado las dos partes del ejercicio de
la oposición. Los posibles empates en la puntuación de los aspirantes que hayan de formar parte de
dicha lista de espera serán dirimidos antes de la publicación del listado, atendiendo, en primer lugar
a la puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio de oposición; si persiste el empate se
realizará un sorteo.
13.3 En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de
Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las
normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.
13.4 La lista de espera resultante de cada proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la
aprobación de una nueva lista de espera resultante de una convocatoria posterior, y dejará sin
vigencia las listas derivadas de procesos anteriores. En el caso de que una "Lista de Espera"
generada para un proceso selectivo se agotase, quedará activada automáticamente la última que
estuviese vigente con anterioridad.
14. Datos de carácter personal.
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos personales
aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal
cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de
publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento
equivalente.
15. Recursos.
BOCM-20250716-70
Las presentes bases de convocatoria y cuantos actos administrativos se sucedan, así como las
actuaciones del Tribunal podrán ser recurridos por los interesados en los casos y en la forma prevista
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento de Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
B.O.C.M. Núm. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
Pág. 667
13. Lista de espera.
13.1 Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del destino, se
formará una "Lista de Espera", a efectos de su posible nombramiento como funcionario interino, con
aquellos aspirantes que, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria, hubieran alcanzado
un nivel mínimo suficiente para el desempeño de las funciones correspondientes de acuerdo con lo
establecido en la respectiva convocatoria singular, ordenados según la puntuación obtenida en el
proceso. Se entenderá como "nivel mínimo suficiente" el haber superado, al menos, la primera parte
del ejercicio de la fase de oposición.
13.2 Los aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentar escrito
de renuncia ante la Administración convocante.
En todo caso tendrán preferencia los aspirantes que hayan aprobado las dos partes del ejercicio de
la oposición. Los posibles empates en la puntuación de los aspirantes que hayan de formar parte de
dicha lista de espera serán dirimidos antes de la publicación del listado, atendiendo, en primer lugar
a la puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio de oposición; si persiste el empate se
realizará un sorteo.
13.3 En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal de
Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las
normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.
13.4 La lista de espera resultante de cada proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la
aprobación de una nueva lista de espera resultante de una convocatoria posterior, y dejará sin
vigencia las listas derivadas de procesos anteriores. En el caso de que una "Lista de Espera"
generada para un proceso selectivo se agotase, quedará activada automáticamente la última que
estuviese vigente con anterioridad.
14. Datos de carácter personal.
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos personales
aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal
cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de
publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento
equivalente.
15. Recursos.
BOCM-20250716-70
Las presentes bases de convocatoria y cuantos actos administrativos se sucedan, así como las
actuaciones del Tribunal podrán ser recurridos por los interesados en los casos y en la forma prevista
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento de Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.