C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250716-24)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2335/2025, de 2 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2025-2026
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 168
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
Pág. 475
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
24
EXTRACTO de la Orden 2335/2025, de 2 de julio, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2025-2026.
BDNS (identif): 845739
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) y en la página web
institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Beneficiarios
Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que, a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos, que deberán mantenerse a
lo largo de todo el curso escolar:
a) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de beneficiario.
b) Estar matriculado o tener reserva de plaza para los cursos o programas profesionales indicados en el apartado segundo de este extracto.
Segundo
Objeto
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria se recogen en la Orden 1945/2023, de
2 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se
aprueban bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 14 de junio de 2023).
BOCM-20250716-24
Las ayudas tienen por objeto la realización de los siguientes estudios:
a) Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años.
b) Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado
D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
c) Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Medio
de Formación Profesional.
d) Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado
D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
e) Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Superior
de Formación Profesional.
f) Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación
Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria
Obligatoria, desarrollados por centros privados, Ayuntamientos u otras entidades
sin ánimo de lucro que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades u otro organismo público.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 168
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025
Pág. 475
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
24
EXTRACTO de la Orden 2335/2025, de 2 de julio, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2025-2026.
BDNS (identif): 845739
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) y en la página web
institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Beneficiarios
Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que, a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos, que deberán mantenerse a
lo largo de todo el curso escolar:
a) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de beneficiario.
b) Estar matriculado o tener reserva de plaza para los cursos o programas profesionales indicados en el apartado segundo de este extracto.
Segundo
Objeto
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria se recogen en la Orden 1945/2023, de
2 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se
aprueban bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 14 de junio de 2023).
BOCM-20250716-24
Las ayudas tienen por objeto la realización de los siguientes estudios:
a) Curso de preparación de la prueba para la obtención del Título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria, para mayores de 18 años.
b) Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado
D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
c) Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Medio
de Formación Profesional.
d) Curso de formación específico para el acceso a la formación profesional de Grado
D, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.
e) Curso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de Grado Superior
de Formación Profesional.
f) Programas profesionales, dirigidos a la obtención de Certificados de Cualificación
Profesional de nivel 1 por alumnos que no tengan título de Educación Secundaria
Obligatoria, desarrollados por centros privados, Ayuntamientos u otras entidades
sin ánimo de lucro que desplieguen su actividad dentro del ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid y no reciban para ello financiación de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades u otro organismo público.