C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250716-28)
Concesión subvenciones –  Orden 1514/2025, de 28 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1771/2023 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la concesión de una subvención directa a la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya-Sierra Norte, por importe de 2.610.000 euros, para la ejecución de “La Acción de Cohesión Turismo Rural” que forma parte del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021 (C.14. I1. Submedida 2. Planes de Sostenibilidad Turística en Destino) financiado con Fondos Next Generation de la Unión Europea
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B.O.C.M. Núm. 168

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2025

v. La declaración responsable relativa al compromiso del cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al
ámbito objeto de gestión (Anexo IVC de la Orden HFP/1030/2021).
vi. La acreditación de inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) o en
el Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar
la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
vii. Igualmente se ha de acreditar por los perceptores finales:
d La Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI).
d La declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH relativa
a la actuación que vayan a ejecutar, de acuerdo con los modelos establecidos en la Guía DNSH del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico (https://www.prtr.miteco.gob.es/content/dam/prtr/es/transicion-verde/guiadnshmitecov20_tcm30-528436.pdf).
d El Certificado de estar al corriente de pago con la Tesorería General de la
Seguridad Social (TGSS), la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y la Hacienda Pública de la Comunidad de Madrid o autorización de consulta de datos tributarios.
d Los documentos acreditativos de las medidas de difusión adoptadas para
cumplir con las obligaciones de publicidad, medidas de difusión y comunicación descritas en el dispongo quinto apartado cuatro letra m) de la presente orden.
d Declaración responsable de cumplimiento con la regla de “minimis” de
acuerdo con dispongo quinto apartado cuatro letra r) de la presente orden.
d Declaración de no estar incurso en las causas de prohibición establecidas
en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad beneficiaria).
d Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones o finalidades
subvencionadas.
k) Mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en
el marco de esta Orden y la obligación de custodiar y conservar toda la documentación original, justificativa de la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actividades de comprobación y control. Deberán conservar,
los documentos justificativos, los datos estadísticos y demás documentaciones
concernientes a la financiación, así como los registros y documentos, en formato
electrónico y por un período de cinco años desde que se abonara el saldo de la operación financiera.
l) La entidad beneficiaria deberán cumplir con la normativa nacional y europea relativa a la compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Orden HFP
1030/2021, de 29 de septiembre.
m) Cumplir con las obligaciones de publicidad, medidas de difusión y comunicación,
conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que establece que las actuaciones de comunicación relacionadas con la ejecución del Plan incorporarán el logo oficial del PRTR del Reino de España, en las
iniciativas de comunicación y divulgación de las actuaciones financiadas con cargo
al MRR. De tal manera que es obligatoria la exhibición de forma correcta y destacada del emblema de la UE, acompañado de la declaración “Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU” y del logo del PRTR. Adicionalmente, y como se
muestra en el ejemplo a continuación, se puede incluir el logo de otras administraciones (como es el caso del de la Comunidad de Madrid), siempre teniendo en cuenta que cuando se muestre en asociación con otro logotipo, el emblema de la UE deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como el resto.

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BOCM-20250716-28

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