B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250430-4)
Profesores de religión – Resolución de 14 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para Profesores de Religión para el curso 2025-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 102
— Participantes con jornada completa:
A los profesores de Religión que participen con jornada definitiva del 100 % se les
adjudicará, si procede, vacante o vacantes de las solicitadas.
Para esta adjudicación de destino o destinos, será necesario que los profesores indiquen, en el apartado “Renuncia” de su solicitud de participación, a qué destinos
desean renunciar, consignando el centro o centros de destino definitivo según corresponda. Sin este requisito previo no se adjudicará ningún destino.
La renuncia al destino estará necesariamente condicionada a la efectiva adjudicación de vacante de las solicitadas por el interesado, en cuyo caso se hará efectiva
la renuncia a todos los centros consignados por el interesado en dicho apartado.
— Participantes con jornada parcial:
Los profesores de Religión que participen con jornada definitiva inferior a 100 %,
deberán elegir en el apartado de la solicitud “Datos profesionales” una de las opciones que se relacionan para la adjudicación, si procede, de vacante o vacantes:
1. Renuncia al destino o destinos definitivos: Si se opta, en el apartado “Renuncia” de la solicitud de participación, por renunciar al destino o destinos definitivos con los que se participa, se adjudicará la vacante o vacantes que sean
posibles de las solicitadas hasta obtener el 100 %.
La renuncia al destino estará necesariamente condicionada a la efectiva adjudicación de vacante, en cuyo caso se hará efectiva la renuncia a todos los centros consignados por el interesado en dicho apartado.
2. No renuncia al destino o destinos definitivos: Si se opta por no renunciar al
destino o destinos con los que participa, se adjudicarán al interesado, si es posible, vacante o vacantes, de las solicitadas, compatibles con el total de la jornada con la que participa.
— Participantes sin destino:
A los profesores de Religión que participen sin destino definitivo se les asignará,
si procede, la vacante o vacantes a las que tengan derecho según las peticiones
consignadas en la solicitud.
Si estos profesores no participan en este procedimiento de adjudicación o, si habiendo participado, no obtuvieran destino de las peticiones consignadas en su solicitud, se asignará de oficio la primera vacante existente que aparezca según el orden en el que están publicadas en el Anexo II de la presente convocatoria.
— Profesores de Religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar:
A los profesores de Religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar se les asignará destino si hubiera vacante no asignada al resto de participantes, teniendo en cuenta la prioridad consignada por el interesado en su solicitud. Si de las peticiones incluidas por los interesados no obtuviera destino se
asignará la primera vacante existente que aparezca según el orden en el que están
publicadas en el Anexo II de la presente convocatoria.
Decimotercera
1. Listas provisionales de admitidos, excluidos, baremo y adjudicación provisional
de destinos definitivos.
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes y valorados los méritos, la
Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución, ordenando la publicación de
las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso, con indicación del baremo
provisional y la adjudicación provisional de los destinos con carácter definitivo conforme
al procedimiento de adjudicación desarrollado en la base decimosegunda. Dichas listas se
podrán consultar en los mismos lugares que los indicados en la base octava.
2. Alegaciones a la relación provisional de admitidos, excluidos, al baremo y adjudicación provisional de destinos definitivos.
Aquellos candidatos que consideren que existe un error o defecto en la adjudicación o
en el baremo podrán presentar, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Portal, las alegaciones que consideren
oportunas. A estos efectos deberán presentar solicitud mediante la aplicación informática
accesible en la ruta indicada en la base octava, indicando el error o defecto que lo motive.
BOCM-20250430-4
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, valoración de los méritos y
adjudicación provisional de destinos definitivos. Plazo de alegaciones
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 102
— Participantes con jornada completa:
A los profesores de Religión que participen con jornada definitiva del 100 % se les
adjudicará, si procede, vacante o vacantes de las solicitadas.
Para esta adjudicación de destino o destinos, será necesario que los profesores indiquen, en el apartado “Renuncia” de su solicitud de participación, a qué destinos
desean renunciar, consignando el centro o centros de destino definitivo según corresponda. Sin este requisito previo no se adjudicará ningún destino.
La renuncia al destino estará necesariamente condicionada a la efectiva adjudicación de vacante de las solicitadas por el interesado, en cuyo caso se hará efectiva
la renuncia a todos los centros consignados por el interesado en dicho apartado.
— Participantes con jornada parcial:
Los profesores de Religión que participen con jornada definitiva inferior a 100 %,
deberán elegir en el apartado de la solicitud “Datos profesionales” una de las opciones que se relacionan para la adjudicación, si procede, de vacante o vacantes:
1. Renuncia al destino o destinos definitivos: Si se opta, en el apartado “Renuncia” de la solicitud de participación, por renunciar al destino o destinos definitivos con los que se participa, se adjudicará la vacante o vacantes que sean
posibles de las solicitadas hasta obtener el 100 %.
La renuncia al destino estará necesariamente condicionada a la efectiva adjudicación de vacante, en cuyo caso se hará efectiva la renuncia a todos los centros consignados por el interesado en dicho apartado.
2. No renuncia al destino o destinos definitivos: Si se opta por no renunciar al
destino o destinos con los que participa, se adjudicarán al interesado, si es posible, vacante o vacantes, de las solicitadas, compatibles con el total de la jornada con la que participa.
— Participantes sin destino:
A los profesores de Religión que participen sin destino definitivo se les asignará,
si procede, la vacante o vacantes a las que tengan derecho según las peticiones
consignadas en la solicitud.
Si estos profesores no participan en este procedimiento de adjudicación o, si habiendo participado, no obtuvieran destino de las peticiones consignadas en su solicitud, se asignará de oficio la primera vacante existente que aparezca según el orden en el que están publicadas en el Anexo II de la presente convocatoria.
— Profesores de Religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar:
A los profesores de Religión en situación de excedencia voluntaria que quieran reingresar se les asignará destino si hubiera vacante no asignada al resto de participantes, teniendo en cuenta la prioridad consignada por el interesado en su solicitud. Si de las peticiones incluidas por los interesados no obtuviera destino se
asignará la primera vacante existente que aparezca según el orden en el que están
publicadas en el Anexo II de la presente convocatoria.
Decimotercera
1. Listas provisionales de admitidos, excluidos, baremo y adjudicación provisional
de destinos definitivos.
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes y valorados los méritos, la
Dirección General de Recursos Humanos dictará Resolución, ordenando la publicación de
las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso, con indicación del baremo
provisional y la adjudicación provisional de los destinos con carácter definitivo conforme
al procedimiento de adjudicación desarrollado en la base decimosegunda. Dichas listas se
podrán consultar en los mismos lugares que los indicados en la base octava.
2. Alegaciones a la relación provisional de admitidos, excluidos, al baremo y adjudicación provisional de destinos definitivos.
Aquellos candidatos que consideren que existe un error o defecto en la adjudicación o
en el baremo podrán presentar, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Portal, las alegaciones que consideren
oportunas. A estos efectos deberán presentar solicitud mediante la aplicación informática
accesible en la ruta indicada en la base octava, indicando el error o defecto que lo motive.
BOCM-20250430-4
Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, valoración de los méritos y
adjudicación provisional de destinos definitivos. Plazo de alegaciones