B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250430-4)
Profesores de religión –  Resolución de 14 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para Profesores de Religión para el curso 2025-2026
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 102

Todos los aspirantes que no hayan cumplimentado el apartado de la solicitud, “Autorización consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales”, autorizando a la Dirección
General de Recursos Humanos a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes
Sexuales conforme a lo previsto en la base novena, deberán aportar el certificado negativo
de dicho Registro junto con el resto de la documentación. La consulta al Registro Central
de Delincuentes Sexuales incluye la consulta del DNI.
Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además
de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación
negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde
sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real
Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana,
deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
Octava
Todos aquellos interesados que, cumpliendo los requisitos establecidos en el apartado
anterior, deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán cumplimentar y presentar
la solicitud, junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados, según se indica en esta base octava, y en los plazos indicados en la base novena.
En aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos
con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, la solicitud se cumplimentará y se presentará exclusivamente de
forma telemática mediante la aplicación que se encuentra en el portal de la Comunidad de
Madrid en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/vacantes-profesores-religion-25-26 .
También se podrá acceder, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educación; http://www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la siguiente secuencia: “Otro Personal docente”, “Profesores de Religión”, “Adjudicación de vacantes para
profesores de Religión” ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/adjudicacionvacantes-profesores-religion ).
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de
los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos
en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de
prestadores de servicios de certificación”, estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma
electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se
establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra
en el portal “personal +educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion )
en la sección “Tramitación electrónica”:
https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/tramitacion-electronica .
En el portal de Administración Digital de la Comunidad de Madrid (sede.comunidad.madrid) ( https://sede.comunidad.madrid/ ), se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo
la secuencia: “Herramientas”, “Aportar documentación”, y se pueden comprobar los documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la secuencia: “Herramientas”, “Guía de
tramitación electrónica”, “Consultar: Situación de tus expedientes”.
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante. La
representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna. Si desea actuar por medio de representante, deberá consignar sus datos en el
apartado “Datos del representante”, de la solicitud, y presentar el documento de otorgamiento de la representación.
En caso de que la solicitud no sea presentada de forma telemática, el solicitante figurará en la lista provisional de excluidos por la causa “defecto de forma en la presentación
de la solicitud”. Si en el plazo de subsanaciones a estas listas no se realizara la correspondiente subsanación, mediante la presentación electrónica de la solicitud, se le tendrá por desistido en su solicitud y figurará en la lista definitiva de excluidos.

BOCM-20250430-4

Solicitudes