D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250429-41)
Convenio –  Convenio de 2 de abril de 2025, de cooperación educativa, entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE ABRIL DE 2025

Pág. 173

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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CONVENIO de 2 de abril de 2025, de cooperación educativa, entre la Universidad de Alcalá y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, para la realización de prácticas externas de estudiantes en centros y servicios dependientes de la Consejería.
En Madrid, a 2 de abril de 2025.
REUNIDOS

De una parte, D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que
le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por
el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Eva Senra Díaz, Vicerrectora de Estudiantes, Emprendimiento y Empleabilidad de la Universidad de Alcalá (UAH), actuando en nombre y representación de esta
Universidad, conforme a las competencias que tiene atribuidas por delegación del Rector Magnífico (Resolución de 29 de marzo de 2022, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 94, de 21 de abril de 2022), con domicilio a los efectos del presente Convenio en la plaza de San Diego, sin número, 28801 Alcalá de Henares (Madrid), CIF Q-2818018-J.
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica y competencia para suscribir el
presente convenio, y a tal efecto,

I. El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del Estudiante Universitario establece en su artículo 8.f) el derecho de los mismos a la realización de prácticas curriculares que podrán realizarse en entidades externas.
II. El presente Convenio se acoge al Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
III. La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, (en adelante “la Consejería”), es el órgano de la Comunidad de Madrid al que se atribuye la dirección y ejecución de
la política del Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de servicios sociales, mujer
e inmigración. A estos efectos, ejerce las competencias que tiene atribuidas por el Estatuto
de Autonomía, la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad
de Madrid y demás normas legales y reglamentarias y, en particular, el desarrollo general, la
coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en los
ámbitos siguientes: servicios sociales, dependencia, discapacidad, infancia, juventud, promoción social, fomento del voluntariado, inmigración, cooperación al desarrollo, familia,
natalidad, mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y servicios
de atención social, innovación social, consecución de la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social de todas las personas, mujeres, mayores, LGTBI, lucha contra la violencia de género y contra la discriminación.
La Consejería, a la que corresponden las competencias atribuidas anteriormente a la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social, cuya estructura orgánica se estableció en
el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, tiene entre sus fines el
impulso y la realización de actividades de estudio, investigación y formación especializada
en materias propias de la Consejería.
IV. La Universidad de Alcalá (en lo sucesivo, UAH), según se recoge en sus Estatutos aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre)

BOCM-20250429-41

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