D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250429-34)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica Labrador y su infraestructura de evacuación en el polígono 33, del término municipal de Navalcarnero, solicitado por Planta Fotovoltaica Imagesol, S. L.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 101

MARTES 29 DE ABRIL DE 2025

Pág. 149

x 3 centros:
FUNCIÓN

ACTUACIÓN

kVA MÁXIMA

PROTECCIÓN

R. TRANSF.

TIPO

TRANSFORMACIÓN

NUEVO

1x3400

FUSIBLES XS Y
AUTOVÁLVULAS

15 kV /800 V

TRANSFORMACIÓN

NUEVO

FUSIBLES XS Y
AUTOVÁLVULAS

15 kV /800 V

PROTECCIÓN Y MEDIDA

NUEVO

INTERRUPTOR
AUTOMÁTICO

NO APLICA

SITUACIÓN X - Y UTM
(Huso 30 - ETRS89)
409.225

4.464.623

INTEMPERIE
PREFABRICADO DE SUPERFICIE
1x3400

414.522

4.464.209

INTEMPERIE
PREFABRICADO DE SUPERFICIE
NO APLICA

414.359

4.461.873

INTERIOR, DE MANIOBRA INTERIOR
PREFABRICADO DE SUPERFICIE

— 2 Línea 15 kV:
REFERENCIA LÍNEA

UTM ORIGEN X - Y

LONG. (m)

ACTUACIÓN

UTM FINAL X - Y

T. Serv. (kV)

Nº C.

1

1

TIPO

CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO

2022P736 - ILA14780

409225

4464623

1761

NUEVA

414522

4464209

15

SUBTERRÁNEA

0/RHZ1 12/20 kV 240 mm2 Al.

2022P736 - ILA14781

414522

4464209

5864

NUEVA

414360

4461873

15

SUBTERRÁNEA

0/RHZ1 12/20 kV 300 mm2 Al.

Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior
con arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 22 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que, si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio será la
indicada en el anexo I del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, para
la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de energía eléctrica de alta
tensión y deberá incluir:
a) Declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o
empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
b) Certificado de dirección de obra, suscrito por técnico facultativo competente.
c) Certificado de instalación eléctrica de alta tensión.
d) Contrato de mantenimiento de la instalación y certificado acreditativo de la existencia del mismo.
e) Certificado de inspección inicial con calificación de resultado favorable del Organismo de Control.

El promotor podrá solicitar, en un plazo no superior a 3 meses desde la obtención de
la presente autorización administrativa de construcción, la extensión del plazo para cumplir
con el hito recogido en el artículo 1.1.b) 5.o del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio,
indicando, al menos:
a) el semestre del año natural en que la instalación obtendrá la autorización administrativa de explotación, con indicación del nuevo plazo necesario para la construcción de la instalación, en caso de que fuera necesaria su ampliación.

BOCM-20250429-34

Tercero