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Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica Labrador y su infraestructura de evacuación en el polígono 33, del término municipal de Navalcarnero, solicitado por Planta Fotovoltaica Imagesol, S. L.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 101

ponerse de una zona habilitada dentro de las instalaciones auxiliares de obra, que contará
con techado, solera impermeabilizada y sistemas de recogida de derrames accidentales. Dicha zona albergará también el punto limpio para los residuos que se generen en las obras
antes de su recogida por parte de un gestor autorizado y, en su caso, los depósitos de combustible, que deberán ser aéreos y estar dotados de cubeto de contención individual con capacidad para recoger la totalidad del combustible almacenado.
5.7. Tal y como señala la Confederación Hidrográfica del Tajo, en el caso de tener
que realizar el lavado de maquinaria en la zona de obras, se deberá construir dentro de la
parcela de instalaciones auxiliares un lavadero de maquinaria con una balsa de sedimentación asociada, para impedir que el agua contaminada llegue directamente al suelo o a los
cauces cercanos. El lavado de maquinaria se realizará sobre una superficie de hormigón lo
suficientemente ancha como para que pueda acceder un camión y con la inclinación adecuada (2 por 100) para que el agua sea evacuada hacia la balsa de sedimentación, donde se
recogerán las aguas residuales del lavado, los sedimentos generados y los aceites y grasas
que pudieran ser arrastrados. Dicha balsa deberá estar vallada con un cerramiento rígido
para evitar que animales o personas puedan caerse dentro y los lodos procedentes de la misma serán gestionados conforme a la legislación vigente de residuos, siendo desmantelada
una vez terminadas las obras.
5.8. Bajo cada uno de los transformadores de la planta solar se construirá un cubeto
dimensionado para albergar todo el aceite del transformador en caso de derrame, que estará impermeabilizado para evitar su filtración y la contaminación de aguas superficiales y
subterráneas.
5.9. En caso de disponer de grupos electrógenos, éstos se ubicarán sobre pavimento
rígido impermeable en el interior de caseta y contarán con cubeto de recogida de vertidos
accidentales de aceite y/o combustible con capacidad suficiente para el volumen total contenido en dicha maquinaria.
5.10. Con objeto de preservar las características físico-químicas del horizonte edáfico, el agua empleada para reducir las emisiones de polvo y para la limpieza de los paneles
solares no deberá contener aditivo alguno (detergentes incluidos). Igualmente, el sistema
utilizado para el proceso de limpieza de los paneles fotovoltaicos durante la fase de funcionamiento deberá, en lo posible, ser el sistema más eficiente disponible en lo relativo al consumo de agua.
5.11. Se dispondrá de un recipiente con material absorbente adecuado, tipo sepiolita, para la recogida de los derrames accidentales de materiales grasos, aceites o hidrocarburos que pudieran producirse tanto durante la fase de obras como durante el funcionamiento
y el desmantelamiento del proyecto. Tras la aplicación de la sepiolita se procederá a recoger el derrame junto con la parte afectada de suelo, gestionándose posteriormente como residuo peligroso en instalaciones autorizadas.
5.12. Queda prohibida la acumulación de materiales en lugares donde supongan un
obstáculo al libre paso de las aguas y entrañen riesgo de arrastre de materiales y sustancias,
como pendientes, barrancos o cauces. La escorrentía encauzada evacuada de la zona de
obras durante la construcción y la demolición del proyecto contará con elementos de retención de sólidos en suspensión, como balas de paja o similar, que evite su transporte fuera
del área de actuación.
5.13. De acuerdo con lo indicado por la Confederación Hidrográfica del Tajo en su
informe:
— En el caso de que excepcionalmente se utilicen medios mecánicos para realizar labores de desbroce, éstas no deberán afectar al dominio público hidráulico ni a su
conformación, ni provocar alteraciones en el sistema fluvial. Si estos medios mecánicos incluyeran el uso de maquinaria pesada, se evitará su acceso al dominio
público hidráulico, debiendo realizar las actuaciones desde sus márgenes, extremando los cuidados para que no se produzcan erosiones o alteraciones en el terreno que conforma las riberas.
— No se eliminará toda la vegetación del dominio público hidráulico, debiendo ceñirse la actuación a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales
que puedan impedir el acceso al dominio público hidráulico o la realización de las
obras/actuaciones.
— Para la eliminación o control de la vegetación en dominio público hidráulico no
está permitido el uso de herbicidas o cualquier otro tipo de sustancias químicas;
tampoco se permite la incorporación de materiales, estructuras y sustancias distintos a los existentes.

BOCM-20250429-34

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