C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250428-18)
Inspección ascensores – Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se establecen los criterios para la realización de inspecciones por organismos de control por cambio de empresa conservadora en ascensores
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 100
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
Pág. 63
Cuarto
Responsabilidades de la empresa conservadora entrante
La empresa conservadora entrante dará cuenta a la Dirección General competente en
materia de industria, en el plazo máximo de treinta días desde que se haga cargo del ascensor, del alta del contrato de mantenimiento del ascensor que tenga a su cargo. Junto con la
comunicación de alta, se remitirá la documentación indicada en la ITC AEM 1 y el certificado de inspección por cambio de empresa conservadora.
En caso de que la empresa conservadora saliente no haya confirmado su asistencia o
no haya comparecido el día en que fue citada por el organismo de control y, por ello, la fecha de inspección se haya reprogramado de forma excepcional al primer día de entrada en
vigor del nuevo contrato, la empresa conservadora entrante está obligada a prestar asistencia al organismo de control, de acuerdo con lo establecido en la ITC AEM 1.
Quinto
Publicación
DE
Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID.
Sexto
Entrada en vigor
BOCM-20250428-18
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar
la notificación, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Empleo de la Comunidad de
Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
Madrid, a 4 de abril de 2024.—El Director General de Promoción Económica e Industrial, Jaime Martínez Muñoz.
(03/6.149/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 100
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025
Pág. 63
Cuarto
Responsabilidades de la empresa conservadora entrante
La empresa conservadora entrante dará cuenta a la Dirección General competente en
materia de industria, en el plazo máximo de treinta días desde que se haga cargo del ascensor, del alta del contrato de mantenimiento del ascensor que tenga a su cargo. Junto con la
comunicación de alta, se remitirá la documentación indicada en la ITC AEM 1 y el certificado de inspección por cambio de empresa conservadora.
En caso de que la empresa conservadora saliente no haya confirmado su asistencia o
no haya comparecido el día en que fue citada por el organismo de control y, por ello, la fecha de inspección se haya reprogramado de forma excepcional al primer día de entrada en
vigor del nuevo contrato, la empresa conservadora entrante está obligada a prestar asistencia al organismo de control, de acuerdo con lo establecido en la ITC AEM 1.
Quinto
Publicación
DE
Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID.
Sexto
Entrada en vigor
BOCM-20250428-18
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar
la notificación, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Empleo de la Comunidad de
Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
Madrid, a 4 de abril de 2024.—El Director General de Promoción Económica e Industrial, Jaime Martínez Muñoz.
(03/6.149/25)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791