C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250426-4)
Convenio colectivo – Resolución de 5 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Acuerdo de Modificación del Convenio Colectivo de la Empresa Casino de Juego Gran Madrid, S. A. (código número 28000452011983)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 99
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XIX CONVENIO COLECTIVO
DE LA EMPRESA CASINO DE JUEGO GRAN MADRID
En Torrelodones, a 4 de marzo de 2025.
Asistentes:
Por la empresa:
- Doña Begoña Schoendorff Rodriguez (Directora de RRHH).
- Don Basilio Hacha Gomez - Recuero (Director de Juego).
- Don Carlos Ponce Camino (Director de Hostelería y Servicios).
- Don Javier Berriatua Horta (Abogado de la empresa).
- En calidad de Asesora, asiste Doña Tania Herrero Belaustegui.
Por la parte social:
- Doña Susana Picado González (PSC).
- Doña Amparo García Navarro (PSC).
- Don Roberto Moreno Cortés (PSC).
- Doña Isabel Quintana Cacho (PSC).
- Don Jorge Mármol González (PSC).
- Doña María Isabel Miguel Cano (PSC).
- Don Ángel Barcia García (PSC).
Siendo las 11:30 horas de la fecha que consta en el encabezamiento, se reúnen las partes reflejadas en la presente, y exponen:
PRIMERO.- El 1 de marzo de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Ley 4/2023, de
28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, cuyo objeto es desarrollar y garantizar sus derechos erradicando las
situaciones de discriminación para asegurar que en España se puedan vivir con plena libertad la
orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la
diversidad familiar.
SEGUNDO.- El artículo 15 de dicha Ley establecía:
“1. Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo
de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de
medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un
protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para
ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras. El contenido y alcance de esas medidas se desarrollarán
reglamentariamente”.
TERCERO.- El desarrollo reglamentario se ha producido a través del Real Decreto 1026/2024, de
8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no
discriminación de las personas LGTBI en las empresas, publicado en B.O.E. de fecha 9 de octubre
de 2024.
Conforme establece el art.4 del Real Decreto 1026/2024, en sus apartados a) y c), el deber de
negociar medidas planificadas se articulará a través de la negociación colectiva de la siguiente forma:
a) En los convenios colectivos de ámbito empresarial, las medidas planificadas se negociarán
en el marco de aquellos.
c) Respecto de los convenios colectivos que se encuentren firmados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, la comisión negociadora se reunirá para abordar exclu-
BOCM-20250426-4
CUARTO.- CASINO DE JUEGO GRAN MADRID, S.A., tiene una plantilla de más de 50 personas
trabajadoras, cuenta con Convenio Colectivo de empresa y con un Comité de Empresa.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 99
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XIX CONVENIO COLECTIVO
DE LA EMPRESA CASINO DE JUEGO GRAN MADRID
En Torrelodones, a 4 de marzo de 2025.
Asistentes:
Por la empresa:
- Doña Begoña Schoendorff Rodriguez (Directora de RRHH).
- Don Basilio Hacha Gomez - Recuero (Director de Juego).
- Don Carlos Ponce Camino (Director de Hostelería y Servicios).
- Don Javier Berriatua Horta (Abogado de la empresa).
- En calidad de Asesora, asiste Doña Tania Herrero Belaustegui.
Por la parte social:
- Doña Susana Picado González (PSC).
- Doña Amparo García Navarro (PSC).
- Don Roberto Moreno Cortés (PSC).
- Doña Isabel Quintana Cacho (PSC).
- Don Jorge Mármol González (PSC).
- Doña María Isabel Miguel Cano (PSC).
- Don Ángel Barcia García (PSC).
Siendo las 11:30 horas de la fecha que consta en el encabezamiento, se reúnen las partes reflejadas en la presente, y exponen:
PRIMERO.- El 1 de marzo de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Ley 4/2023, de
28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, cuyo objeto es desarrollar y garantizar sus derechos erradicando las
situaciones de discriminación para asegurar que en España se puedan vivir con plena libertad la
orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la
diversidad familiar.
SEGUNDO.- El artículo 15 de dicha Ley establecía:
“1. Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo
de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de
medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un
protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para
ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras. El contenido y alcance de esas medidas se desarrollarán
reglamentariamente”.
TERCERO.- El desarrollo reglamentario se ha producido a través del Real Decreto 1026/2024, de
8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de las medidas para la igualdad y no
discriminación de las personas LGTBI en las empresas, publicado en B.O.E. de fecha 9 de octubre
de 2024.
Conforme establece el art.4 del Real Decreto 1026/2024, en sus apartados a) y c), el deber de
negociar medidas planificadas se articulará a través de la negociación colectiva de la siguiente forma:
a) En los convenios colectivos de ámbito empresarial, las medidas planificadas se negociarán
en el marco de aquellos.
c) Respecto de los convenios colectivos que se encuentren firmados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, la comisión negociadora se reunirá para abordar exclu-
BOCM-20250426-4
CUARTO.- CASINO DE JUEGO GRAN MADRID, S.A., tiene una plantilla de más de 50 personas
trabajadoras, cuenta con Convenio Colectivo de empresa y con un Comité de Empresa.