Valdemoro (BOCM-20250425-66)
Organización y funcionamiento. Reglamento complemento productividad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 98
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
Pág. 441
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno de esta Corporación Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 14
de abril de 2025, ha resuelto las alegaciones presentadas dentro del periodo de exposición
al público y ha aprobado el texto definitivo del Reglamento sobre criterios relativos al reconocimiento, determinación y asignación del complemento de productividad y gratificaciones a los empleados públicos del Ayuntamiento de Valdemoro.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.3 y 4 del TRLRH, se procede a
transcribir el texto íntegro de las siguientes modificaciones aprobadas definitivamente, para
su publicación y entrada en vigor, con indicación de que según lo dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley, contra los referidos acuerdos los interesados podrán interponer el
correspondiente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establece la
Ley reguladora de dicha jurisdicción.
REGLAMENTO SOBRE CRITERIOS RELATIVOS AL RECONOCIMIENTO, DETERMINACIÓN Y
ASIGNACIÓN DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD, GRATIFICACIONES Y HORAS
EXTRAORDINARIAS A LOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS PÚBLICOS DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante este Reglamento se implanta un sistema por factores, estructurado para la valoración,
determinación, evaluación y abono del complemento de productividad a los/as empleados/as
municipales del Ayuntamiento de Valdemoro que, ajustándose a la normativa vigente, supone un
avance hacia su objetivación, la claridad de los conceptos y la definición de tareas y objetivos
valorables. Todo ello con el fin de que este Reglamento se ajuste a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de éstas
de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito y objeto.
1.1. Constituye el objeto de este Acuerdo la regulación de los criterios a los que debe sujetarse el
reconocimiento y asignación a los/as empleados/as públicos del Excmo. Ayuntamiento de
Valdemoro de cuantías en concepto de “Complemento de productividad, gratificaciones para el
personal funcionario y horas extraordinarias para el personal laboral”.
1.2. El presente Reglamento será de aplicación al siguiente personal del Ayuntamiento de
Valdemoro: funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional,
funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o
temporal.
Quedarán excluidos de su ámbito de aplicación el personal temporal adscrito a programas
subvencionados por otras Administraciones Públicas.
1.4. Corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Valdemoro, en la aprobación del Presupuesto
Municipal, fijar la cantidad máxima destinada al Complemento de Productividad, gratificaciones
para el personal funcionario y horas extraordinarias para el personal laboral de esta entidad, sin
que el conjunto de los importes individualmente asignados pueda superar dicha cantidad.
Artículo 2. Regulación del complemento de productividad de los empleados y empleadas del
Ayuntamiento de Valdemoro. Ámbito de aplicación subjetivo.
2.1. El Complemento de Productividad está destinado a retribuir el especial rendimiento, la
actividad extraordinaria, y el interés, iniciativa, dedicación o esfuerzo con que el/la empleado/a
BOCM-20250425-66
1.3. En ningún caso, la asignación de cuantías por este complemento durante un período de
tiempo determinado generará derecho adquirido alguno en orden a su mantenimiento o
consolidación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 98
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
Pág. 441
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno de esta Corporación Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 14
de abril de 2025, ha resuelto las alegaciones presentadas dentro del periodo de exposición
al público y ha aprobado el texto definitivo del Reglamento sobre criterios relativos al reconocimiento, determinación y asignación del complemento de productividad y gratificaciones a los empleados públicos del Ayuntamiento de Valdemoro.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.3 y 4 del TRLRH, se procede a
transcribir el texto íntegro de las siguientes modificaciones aprobadas definitivamente, para
su publicación y entrada en vigor, con indicación de que según lo dispuesto en el artículo 19.1 de la citada Ley, contra los referidos acuerdos los interesados podrán interponer el
correspondiente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establece la
Ley reguladora de dicha jurisdicción.
REGLAMENTO SOBRE CRITERIOS RELATIVOS AL RECONOCIMIENTO, DETERMINACIÓN Y
ASIGNACIÓN DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD, GRATIFICACIONES Y HORAS
EXTRAORDINARIAS A LOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS PÚBLICOS DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante este Reglamento se implanta un sistema por factores, estructurado para la valoración,
determinación, evaluación y abono del complemento de productividad a los/as empleados/as
municipales del Ayuntamiento de Valdemoro que, ajustándose a la normativa vigente, supone un
avance hacia su objetivación, la claridad de los conceptos y la definición de tareas y objetivos
valorables. Todo ello con el fin de que este Reglamento se ajuste a los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de éstas
de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia, y eficiencia.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito y objeto.
1.1. Constituye el objeto de este Acuerdo la regulación de los criterios a los que debe sujetarse el
reconocimiento y asignación a los/as empleados/as públicos del Excmo. Ayuntamiento de
Valdemoro de cuantías en concepto de “Complemento de productividad, gratificaciones para el
personal funcionario y horas extraordinarias para el personal laboral”.
1.2. El presente Reglamento será de aplicación al siguiente personal del Ayuntamiento de
Valdemoro: funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional,
funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o
temporal.
Quedarán excluidos de su ámbito de aplicación el personal temporal adscrito a programas
subvencionados por otras Administraciones Públicas.
1.4. Corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Valdemoro, en la aprobación del Presupuesto
Municipal, fijar la cantidad máxima destinada al Complemento de Productividad, gratificaciones
para el personal funcionario y horas extraordinarias para el personal laboral de esta entidad, sin
que el conjunto de los importes individualmente asignados pueda superar dicha cantidad.
Artículo 2. Regulación del complemento de productividad de los empleados y empleadas del
Ayuntamiento de Valdemoro. Ámbito de aplicación subjetivo.
2.1. El Complemento de Productividad está destinado a retribuir el especial rendimiento, la
actividad extraordinaria, y el interés, iniciativa, dedicación o esfuerzo con que el/la empleado/a
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1.3. En ningún caso, la asignación de cuantías por este complemento durante un período de
tiempo determinado generará derecho adquirido alguno en orden a su mantenimiento o
consolidación.