C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250425-6)
Convenio colectivo – Resolución de 5 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Dravo, S. A. (código número 28104051012025)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 98
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
x
Suscripciones a asociaciones profesionales, en aquellos casos en los que lo requiera
la empresa.
x
Gastos relacionados con reuniones mantenidas con clientes (por ejemplo, cenas o
material impreso).
x
Gastos de documentos legales (por ejemplo, visados para los viajes relacionados con
Van Oord / Dravo).
x
Gastos médicos necesarios (por ejemplo, vacunas)
Pág. 261
Los empleados nunca podrán utilizar la tarjeta de crédito de la empresa para gastos que sean
personales o que no estén debidamente autorizados.
Artículo 23.- Responsabilidades
x
Proteger la tarjeta de crédito lo mejor posible. No dejar la tarjeta de crédito sin supervisión ni
entregarla a personas no autorizadas (por ejemplo, amigos, familiares, compañeros), ni
siquiera para que la guarden.
x
Denunciar su robo o pérdida lo antes posible.
x
Utilizar la tarjeta de crédito sólo por el propio trabajador
x
Utilizarla sólo por motivos autorizados
x
Documentar todos los gastos con una declaración de gastos, incluyendo los correspondientes recibos.
x
En caso de que no se pueda acreditar algún gasto efectuado con la tarjeta de empresa,
se le reclamará al trabajador descontándosele en la nómina siguiente.
CAPÍTULO V
JORNADA DE TRABAJO Y VACACIONES
1.
La jornada de trabajo en su cómputo anual para todo el personal de Dravo para 2023 se
establece 1.736 horas de trabajo efectivo, (Convenio Construcción Comunidad Madrid)
equivalentes a 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual,
aplicándose la jornada anual establecida en el Convenio de Construcción Comunidad de
Madrid para cada año.
2.
Mediante el presente Convenio Colectivo se acuerda la distribución irregular de la jornada
a lo largo del año. Dicha distribución se publicará regularmente a través del plan de trabajo elaborado por la empresa.
3.
La publicación del mismo se realizará durante el mes de enero, una vez alcanzados los
correspondientes acuerdos.
4.
La distribución de la jornada anual, para todo el personal, excepto el personal con horarios específicos, será:
x
Flexibilidad de Entrada: Entre las 7:00am y las 10:00am
x
Flexibilidad de Salida: Entre las 4:00pm y las 19:00pm, excluyendo el descanso
de la comida
x
40 horas semanales a la semana, sin contar los descansos
x
El descanso para la comida podrá ser de entre 0,5 y 1,5 horas al día
Cada verano se determinará un período de Jornada Continua (Convenio de la Construcción para la
Comunidad Madrid). Durante dicho período las jornadas laborales se reducen a 7 horas diarias, sin
incluir las pausas. Se respetará la flexibilidad horaria de entrada, entre las 07:00 y las 10:00, calculando la hora de salida en función de la entrada y teniendo en cuenta las 7 horas laborales. La
Jornada Continua no será de aplicación a los empleados del grupo de Proyectos (Operaciones) y
Departamento Técnico.
BOCM-20250425-6
Artículo 24.- Jornada de trabajo
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 98
VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025
x
Suscripciones a asociaciones profesionales, en aquellos casos en los que lo requiera
la empresa.
x
Gastos relacionados con reuniones mantenidas con clientes (por ejemplo, cenas o
material impreso).
x
Gastos de documentos legales (por ejemplo, visados para los viajes relacionados con
Van Oord / Dravo).
x
Gastos médicos necesarios (por ejemplo, vacunas)
Pág. 261
Los empleados nunca podrán utilizar la tarjeta de crédito de la empresa para gastos que sean
personales o que no estén debidamente autorizados.
Artículo 23.- Responsabilidades
x
Proteger la tarjeta de crédito lo mejor posible. No dejar la tarjeta de crédito sin supervisión ni
entregarla a personas no autorizadas (por ejemplo, amigos, familiares, compañeros), ni
siquiera para que la guarden.
x
Denunciar su robo o pérdida lo antes posible.
x
Utilizar la tarjeta de crédito sólo por el propio trabajador
x
Utilizarla sólo por motivos autorizados
x
Documentar todos los gastos con una declaración de gastos, incluyendo los correspondientes recibos.
x
En caso de que no se pueda acreditar algún gasto efectuado con la tarjeta de empresa,
se le reclamará al trabajador descontándosele en la nómina siguiente.
CAPÍTULO V
JORNADA DE TRABAJO Y VACACIONES
1.
La jornada de trabajo en su cómputo anual para todo el personal de Dravo para 2023 se
establece 1.736 horas de trabajo efectivo, (Convenio Construcción Comunidad Madrid)
equivalentes a 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual,
aplicándose la jornada anual establecida en el Convenio de Construcción Comunidad de
Madrid para cada año.
2.
Mediante el presente Convenio Colectivo se acuerda la distribución irregular de la jornada
a lo largo del año. Dicha distribución se publicará regularmente a través del plan de trabajo elaborado por la empresa.
3.
La publicación del mismo se realizará durante el mes de enero, una vez alcanzados los
correspondientes acuerdos.
4.
La distribución de la jornada anual, para todo el personal, excepto el personal con horarios específicos, será:
x
Flexibilidad de Entrada: Entre las 7:00am y las 10:00am
x
Flexibilidad de Salida: Entre las 4:00pm y las 19:00pm, excluyendo el descanso
de la comida
x
40 horas semanales a la semana, sin contar los descansos
x
El descanso para la comida podrá ser de entre 0,5 y 1,5 horas al día
Cada verano se determinará un período de Jornada Continua (Convenio de la Construcción para la
Comunidad Madrid). Durante dicho período las jornadas laborales se reducen a 7 horas diarias, sin
incluir las pausas. Se respetará la flexibilidad horaria de entrada, entre las 07:00 y las 10:00, calculando la hora de salida en función de la entrada y teniendo en cuenta las 7 horas laborales. La
Jornada Continua no será de aplicación a los empleados del grupo de Proyectos (Operaciones) y
Departamento Técnico.
BOCM-20250425-6
Artículo 24.- Jornada de trabajo
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