B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250423-13)
Habilitación lingüística –  Resolución conjunta de 8 de abril de 2025, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se aprueba la lista definitiva de los candidatos que han obtenido la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, mediante la superación de pruebas de conocimientos, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución conjunta de 19 de diciembre de 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025

Pág. 55

Aquellos candidatos que figuran en el Anexo I de esta Resolución, recibirán los correspondientes Certificados Acreditativos de la habilitación lingüística según las siguientes indicaciones:
a) Candidatos que han participado para centros públicos: La Dirección General de
Recursos Humanos remitirá el certificado acreditativo al interesado, a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través del servicio de notificaciones electrónicas (NOTE).
b) Candidatos que han participado para centros privados concertados: la Dirección
General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio remitirá el certificado acreditativo al interesado, a partir del día siguiente al de la publicación de la
presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a
través del servicio de notificaciones electrónicas (NOTE), y, en caso, de que el interesado no figure de alta en este servicio, se remitirá por NOTE al centro docente concertado de referencia, pudiendo el interesado recogerlo en el mismo.
Tercero
Candidatos que han superado la primera fase
Publicar la relación de los candidatos que han superado la primera fase de la prueba
para la valoración de la competencia lingüística en lenguas extranjeras, sin haber superado
el procedimiento de habilitación, que estarán exentos de su realización en las tres convocatorias siguientes a esta, tal como se regula en la base novena de la citada Resolución conjunta de 19 de diciembre de 2024, y que figuran en el Anexo II de esta Resolución.
Cuarto
Recursos

BOCM-20250423-13

De conformidad con lo establecido en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.
Madrid, a 8 de abril de 2025.—El Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, David Cervera Olivares.—El Director General de Educación Concertada, Becas y
Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.