B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250423-13)
Habilitación lingüística –  Resolución conjunta de 8 de abril de 2025, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se aprueba la lista definitiva de los candidatos que han obtenido la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, mediante la superación de pruebas de conocimientos, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución conjunta de 19 de diciembre de 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 96

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
13

RESOLUCIÓN conjunta de 8 de abril de 2025, de las Direcciones Generales de
Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se aprueba la lista definitiva
de los candidatos que han obtenido la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, mediante la superación de pruebas de conocimientos, para el desempeño
de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la
Comunidad de Madrid, convocado por Resolución conjunta de 19 de diciembre
de 2024.

De conformidad con lo establecido en la Orden 1275/2014, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de
Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria, de la Comunidad de
Madrid, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril; se publicó la Resolución conjunta de 19 de diciembre de 2024, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se han convocado los procedimientos para la obtención de la habilitación
lingüística en lenguas extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid.
Finalizado el proceso establecido en dichas normas, para obtener esta habilitación por
la superación de pruebas de conocimientos, examinado el conjunto del expediente y vista la
lista de los candidatos que han superado el procedimiento para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros para el desempeño de puestos bilingües en centros
docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, a propuesta de los
Presidentes de los respectivos Tribunales, y en uso de las atribuciones recogidas en la base
decimotercera de la Resolución de convocatoria, las citadas Direcciones Generales
RESUELVEN
Primero
Lista definitiva de candidatos que han obtenido la habilitación lingüística en idiomas
extranjeros, mediante la superación de pruebas de conocimientos

Segundo
Validez y Certificados acreditativos de la habilitación lingüística
Los efectos de la habilitación serán válidos desde el día siguiente a la emisión de la
acreditación correspondiente y quedará sin efecto cuando hayan transcurrido cinco cursos
escolares consecutivos completos sin impartir docencia en el idioma correspondiente dentro del programa bilingüe, tal y como establece la citada Orden 1275/2014, de 11 de abril.

BOCM-20250423-13

Aprobar la lista definitiva de los candidatos que han superado el procedimiento para la
obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de
Madrid, mediante la superación de pruebas de conocimientos y que se incluyen como
Anexo I de esta Resolución.
De acuerdo con lo establecido en la base decimotercera de la citada Resolución de 19
de diciembre de 2024, las alegaciones presentadas a la lista provisional que no se hayan recogido en la lista definitiva, se entenderán desestimadas.