D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250423-37)
Convenio –  Convenio de 27 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), para la realización de la fase de formación en empresa u organismo equiparado de los alumnos de los grados D y E de Formación Profesional de centros públicos, en centros y laboratorios dependientes del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 96

Decimotercera
Finalización excepcional de la realización de la fase de formación
en la empresa u organismo equiparado
Podrá darse por finalizada excepcionalmente la realización de la fase de formación en
la empresa u organismo equiparado de un alumno por decisión unilateral del centro docente, del centro o laboratorio dependiente de CEDEX, o conjunta de ambos, previa audiencia
del interesado, en los siguientes casos:
a) Faltas repetidas de asistencia o puntualidad no justificadas.
b) Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento.
c) Incumplimiento del plan de formación en el centro de trabajo.
Decimocuarta
Modificación
La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de las partes,
que se realizará en forma de adenda de modificación que, previa sustanciación de los trámites normativamente previstos, se inscribirá en el Registro Electrónico estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Además, se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
Decimoquinta
Se establecerá una Comisión Mixta de Seguimiento constituida por dos representantes
de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y dos representantes de CEDEX
para realizar el seguimiento y control del cumplimiento del Convenio, así como resolver
posibles problemas de interpretación que pudieran plantearse.
Dicha Comisión, que tendrá carácter paritario, estará formada:
a) Por parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades:
— La persona titular de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación
Profesional y Régimen Especial, o persona en quien delegue.
— La persona titular de Subdirección General de Centros de Formación Profesional y Régimen Especial, o persona en quien delegue.
a) Por el CEDEX:
— La persona titular de la Dirección del CETA (Centro de estudio de técnicas
aplicadas) o persona en quien delegue.
— La persona titular de la Dirección del Gabinete de formación del CEDEX, o
persona en quien delegue.
De entre sus miembros se elegirá a las personas que ejercerán la secretaría y la presidencia, siendo esta última rotatoria entre ambas entidades.
La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las Partes, con una antelación mínima de diez días hábiles. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos tienen derecho a voz y a voto, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta que será suscrita por el secretario con el visto bueno del presidente.
La Comisión podrá requerir la asistencia de cualquier persona, con voz, pero sin voto,
que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del
objeto del presente Convenio.
La Comisión se regirá por las normas generales de funcionamiento de los órganos colegiados de la Administración previstas en la sección 3.a del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por las
previsiones que sobre ellos se establecen en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimosexta
Extinción del Convenio
El presente Convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

BOCM-20250423-37

Mecanismo de seguimiento y control