D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250423-42)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa de cierre de un centro de transformación ubicado en la Calle Abizanda, 1, en el término municipal de Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. (Número expediente: 2024P806-14-0141-00806.2/2024)
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BOCM
Pág. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 96
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
42
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa de cierre de
un centro de transformación ubicado en la Calle Abizanda, 1, en el término municipal de Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. (Número
expediente: 2024P806-14-0141-00806.2/2024).
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 01/07/2024 tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa de cierre de
la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de desmantelamiento firmado por
José Ignacio Mielgo Gimeno con número de colegiado 19716 del COIIM.
Segundo
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de
Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización,
verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban
los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;
el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir
las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007,
de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de
Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento de Líneas
de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones
técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
De acuerdo con el capítulo VII del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, el cierre de instalaciones de distribución requerirá autorización administrativa. Para ello la solicitud de cierre
de una instalación deberá ir acompañada de un proyecto de cierre que deberá contener como
mínimo una memoria, en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otro orden, por las que se pretende el cierre así como los planos actualizados de la instalación a escala adecuada. La solicitud se podrá acompañar de un plan de desmantelamiento de la instalación, en el supuesto que el solicitante así lo pretenda.
BOCM-20250423-42
Segundo
Pág. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 96
I. COMUNIDAD DE MADRID
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42
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa de cierre de
un centro de transformación ubicado en la Calle Abizanda, 1, en el término municipal de Madrid, solicitado por UFD Distribución Electricidad, S. A. (Número
expediente: 2024P806-14-0141-00806.2/2024).
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 01/07/2024 tiene entrada en esta Dirección General escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa de cierre de
la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de desmantelamiento firmado por
José Ignacio Mielgo Gimeno con número de colegiado 19716 del COIIM.
Segundo
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de
Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización,
verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban
los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;
el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir
las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007,
de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de
Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento de Líneas
de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones
técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
De acuerdo con el capítulo VII del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, el cierre de instalaciones de distribución requerirá autorización administrativa. Para ello la solicitud de cierre
de una instalación deberá ir acompañada de un proyecto de cierre que deberá contener como
mínimo una memoria, en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otro orden, por las que se pretende el cierre así como los planos actualizados de la instalación a escala adecuada. La solicitud se podrá acompañar de un plan de desmantelamiento de la instalación, en el supuesto que el solicitante así lo pretenda.
BOCM-20250423-42
Segundo