Paracuellos de Jarama (BOCM-20250423-76)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 96

SEGUNDA. – CARACTERÍSTICAS DE LOS FOOD TRUCKS A INSTALAR
Los Food Trucks a instalar deberán respetar las características que en su momento sean
señaladas por este Ayuntamiento a través del Departamento de Industria, conforme a la normativa
que resulte de aplicación.
Cada uno de los autorizados colocará un número de mesas (con 4 sillas) comprendido entre 1 y 10.
TERCERA. – OBLIGACIONES DE LOS AUTORIZADOS

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Deberán iniciar la tramitación correspondiente y obtener las autorizaciones o licencias que
sean necesarias para el desarrollo de la actividad objeto de la prestación.
Nombrar un mínimo de una persona llamada a desarrollar las funciones de encargado e
interlocutor con el Ayuntamiento.
Disponer en todo momento de Certificados que acrediten que los elementos o maquinaria a
utilizar cuentan con las debidas garantías sanitaras y de cualquier otra índole, lo cual es
igualmente exigible a los productos suministrados, todo ello sin perjuicio del sometimiento a
las directrices, instrucciones o requerimientos que, con carácter previo o durante el
desarrollo de la actividad, pueda emitir el Departamento de Industria de este Ayuntamiento.
Ejercer la actividad de modo efectivo respetando las normas de apertura y cierre, así como
cualquier instrucción u orden relacionado con la prestación del servicio emitida por el
Ayuntamiento.
Mantener limpias y en condiciones sanitarias óptimas las instalaciones, enseres, mobiliario
y cualquier elemento de la explotación. En particular, se cumplirán escrupulosamente las
normas que en el momento presente o en un momento posterior puedan ser impuestas por
cualquier Administración Pública competente relacionadas con las medidas de limpieza que
resulten derivadas del COVID-19 u otras circunstancias análogas.
Presentar, con carácter previo a la formalización del contrato o documento de concesión
correspondiente, cuanta documentación le sea requerida por el Ayuntamiento de
Paracuellos de Jarama para acreditar el cumplimiento de exigencias en materia de
contratación e Industria.
Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier clase de riesgo derivado
del ejercicio de su actividad. Esta póliza deberá recoger de forma expresa y específica la
cobertura de la presente actividad, diferenciándose por tanto del seguro que el adjudicatario
pueda tener suscrito con respecto a su actividad ordinaria.
Cuidar el buen orden del servicio, asumiendo como propias las responsabilidades que puedan
surgir con los usuarios del servicio y derivadas de la relación profesional mantenida con los
mismos, asumiendo en este sentido igualmente la facultad de policía que en todo caso
conserva el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, que faculta a éste para ejercer en todo
momento funciones de control y verificación de la corrección en la ejecución del contrato.
Mantener en perfecto estado las instalaciones aportadas por el Ayuntamiento, así como la
porción de dominio público ocupada.
Los gastos generados por la instalación de los Food Trucks serán por cuenta de los
autorizados. Asimismo, será responsabilidad de los autorizados o de los terceros
seleccionados por éstos, garantizar el cumplimiento de la normativa sanitaria de carácter
imperativo, siendo a su costa la obtención y cumplimiento de cuantos permisos y
autorizaciones resulten procedentes.
Los autorizados se someten en todo momento a las instrucciones que determine el
Ayuntamiento, debiendo atender y dar respuesta a las directrices marcadas. Los
autorizados serán los responsables del buen uso de la maquinaria y otros
elementos/enseres a utilizar.
Todos los equipos y elementos necesarios para la prestación del servicio correrán a cargo
de los autorizados, y cumplirán con la normativa vigente.
Conservación y mantenimiento. Los autorizados serán responsables de las tareas de
limpieza y conservación que garanticen unas condiciones óptimas de higiene y salubridad
de la zona donde queden instalados los Food Trucks.
Los autorizados se encargarán de cuidar, respetar y salvaguardar los espacios
proporcionados. Deberán mediar y hacer cumplir la normativa vigente a todos los efectos.
Además, deberán realizar la limpieza diaria de sus instalaciones, así como del espacio
dotado para el ejercicio de su actividad.
Los residuos generados, tanto por el personal de la actividad como por los clientes, deberán
ser transportados por parte de los autorizados a los contenedores previstos al efecto, que
se indiquen por parte de los responsables del Ayuntamiento.

BOCM-20250423-76

Los autorizados resultan vinculados con las obligaciones generales y específicas siguientes: