C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250422-12)
Bases premios –  Orden 1270/2025, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los premios extraordinarios de Educación Primaria para la mejora de la calidad educativa de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE ABRIL DE 2025

Pág. 59

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1270/2025, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases
reguladoras de los premios extraordinarios de Educación Primaria para la mejora de la calidad educativa de la Comunidad de Madrid.

El objeto de la Ley 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de libertad de Elección Educativa
de la Comunidad de Madrid, es asegurar y garantizar, en el ámbito de las competencias de la
Comunidad de Madrid, un sistema educativo de calidad en condiciones de igualdad, respetuoso con los valores de la Constitución Española y con el ejercicio de la libertad de elección
de centro escolar, recogido en su artículo 27, que respalde a las demandas de la sociedad actual y contribuya al desarrollo integral del alumnos y a su plena inclusión en la sociedad de
manera específica.
La consejería competente en materia de Educación tiene, entre sus objetivos principales, garantizar una educación de calidad que, desde el respeto a las capacidades individuales,
persiga el máximo desarrollo personal, profesional, social, intelectual y emocional de los
alumnos en la etapa de Educación Primaria.
Por tanto, y siempre con el objeto de contribuir a la mejora y calidad de la enseñanza
a través del reconocimiento del esfuerzo individual, se considera oportuno la creación de
unos premios en sexto curso de Educación Primaria para reconocer públicamente a los
alumnos que finalicen esta etapa con excelente resultado académico, con el fin de que dicho reconocimiento a la excelencia y el premio asociado a la misma supongan un incentivo a la hora de proseguir satisfactoriamente sus estudios.
La presente Orden se enmarca dentro de lo establecido por la Orden 538/2025, de 25
de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la
Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, y responde al objetivo de la consejería con competencias en materia de Educación de dar cobertura a diferentes líneas de subvenciones,
entre las cuales se ha considerado fundamental reconocer el esfuerzo y el mérito de los
alumnos que se han distinguido en sus estudios al finalizar la etapa de Educación Primaria.
La presente Orden cumple con los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Esta norma respeta el principio de necesidad y puesto que es conveniente fijar reglamentariamente la regulación de estos premios de acuerdo a la normativa vigente, siendo la
regulación imprescindible para alcanzar la finalidad a la que se dirige, dando respuesta al
interés general.
Igualmente respeta el principio de eficacia ya que la creación de los premios extraordinarios de Educación Primaria para la mejora de la calidad de la enseñanza de la Comunidad de Madrid a través de sus bases reguladoras y convocatorias es lo más adecuado para
la consecución de los objetivos, puesto que en su articulado se establecen los destinatarios,
requisitos de participación y condiciones de obtención de los premios.
Por otra parte, la orden es proporcional a la finalidad que se pretende conseguir, atendiendo a la necesidad de reconocer a los alumnos que finalicen la Educación Primaria con
excelente resultado académico, el mérito académico en esta etapa previsto por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación. Se respetan, además, los principios de seguridad jurídica autonómico,
nacional y de la Unión Europea, y no genera nuevas cargas administrativas respecto a las
ya existentes.
Se garantiza el principio de transparencia mediante la publicación de la orden y de los
documentos de su proceso de elaboración en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid.

BOCM-20250422-12

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