D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250307-23)
Convenio – Convenio de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto “Infraestructura de Servicios Blockchain de España”, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 130
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
ii. Fondos que deberá aportar la Comunidad de Madrid de acuerdo al Componente al que se inscriben:
COMPONENTE MRR
IMPORTE
C13
1.684.500 €
iii. Dichos fondos se asignarán al programa 928M de los presupuestos de la Comunidad de Madrid para la anualidad 2025, dentro de los subconceptos:
— 77301 “A pequeñas y medianas empresas”.
— 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos”.
iv. La distribución de los fondos se realizará según el siguiente cuadro:
SUBCONCEPTO
928M
22809
PAQUETE DE TRABAJO
1 - Desarrollo del cliente de la red
ORIGEN
DE FONDOS
MRR
C Madrid
2 - Despliegue de la red
MRR
C Madrid
77301
3 - Casos de uso
MRR
C Madrid
PRESUPUESTO
2025
TOTAL POR PAQUETE
DE TRABAJO
1.590.168 €
2.120.224 €
530.056 €
1.939.167 €
2.585.556 €
646.389 €
1.524.165 €
2.032.220 €
508.055 €
4. El presente convenio no genera compromiso de gasto por la totalidad del presupuesto asignado, sino únicamente respecto a las obligaciones que la Comunidad de Madrid asume
frente a ALASTRIA, que se corresponden con los paquetes de trabajo 1 (Desarrollo del cliente de la red) y 2 (Despliegue de la red), cuyo importe total asciende a 4.705.780 euros. Respecto al paquete 3 (Desarrollo de casos de uso), con un presupuesto máximo de 2.032.220 euros,
se instrumentará mediante convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva.
5. Las aportaciones económicas que realice la Comunidad de Madrid a ALASTRIA, tanto de fondos propios como de fondos MRR, tendrá como importe máximo la
cantidad de 4.705.780 euros.
6. Se considerarán Entidades Afiliadas a aquellas entidades que sean socios de pleno derecho de ALASTRIA durante toda la duración del presente convenio. Dichas entidades podrán realizar parte de las actividades responsabilidad de ALASTRIA y los gastos
asociados no tendrán consideración de subcontratación.
7. Por otra parte, la utilización de fondos que reciba ALASTRIA de la Comunidad de
Madrid, tanto de fondos propios como de fondos MRR, tendrán las siguientes limitaciones:
a) La imputación de gastos de personal está limitada a la contratación nueva de personal temporal y a los costes de personal indefinido para actividades directamente relacionadas con los componentes descritos en la ejecución del proyecto.
b) La imputación de gastos de equipamiento está limitada a los costes de amortización de equipamiento nuevo que es necesario para la ejecución del proyecto.
c) La imputación de gastos de obras civiles está limitada a obras de acondicionamiento necesarias para la puesta en marcha de equipamiento adquirido con cargo
al proyecto.
d) La imputación de otros gastos está limitada a gastos no recurrentes y estrictamente
relacionados con la ejecución del proyecto, que no se corresponden a costes de
personal y equipamiento incluyendo, entre otros, costes de fungible y subcontrataciones, con un límite estas del 50 por 100 de las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid a ALASTRIA.
e) Se podrán imputar costes indirectos hasta un quince por ciento (15 %) de la suma
de los costes directos debidamente justificados.
f) No se podrán imputar costes financieros.
g) No se financiarán gastos presupuestarios ordinarios y recurrentes. Todos los gastos deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad en relación al componente seleccionado para su financiación por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que, en todo caso y circunstancias, deberán contribuir a
los hitos y objetivos de la medida.
h) Solo se financiarán los gastos que hayan tenido lugar en el período comprendido
entre la firma del convenio y el 31 de diciembre de 2025.
BOCM-20250307-23
PROGRAMA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 130
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
ii. Fondos que deberá aportar la Comunidad de Madrid de acuerdo al Componente al que se inscriben:
COMPONENTE MRR
IMPORTE
C13
1.684.500 €
iii. Dichos fondos se asignarán al programa 928M de los presupuestos de la Comunidad de Madrid para la anualidad 2025, dentro de los subconceptos:
— 77301 “A pequeñas y medianas empresas”.
— 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos”.
iv. La distribución de los fondos se realizará según el siguiente cuadro:
SUBCONCEPTO
928M
22809
PAQUETE DE TRABAJO
1 - Desarrollo del cliente de la red
ORIGEN
DE FONDOS
MRR
C Madrid
2 - Despliegue de la red
MRR
C Madrid
77301
3 - Casos de uso
MRR
C Madrid
PRESUPUESTO
2025
TOTAL POR PAQUETE
DE TRABAJO
1.590.168 €
2.120.224 €
530.056 €
1.939.167 €
2.585.556 €
646.389 €
1.524.165 €
2.032.220 €
508.055 €
4. El presente convenio no genera compromiso de gasto por la totalidad del presupuesto asignado, sino únicamente respecto a las obligaciones que la Comunidad de Madrid asume
frente a ALASTRIA, que se corresponden con los paquetes de trabajo 1 (Desarrollo del cliente de la red) y 2 (Despliegue de la red), cuyo importe total asciende a 4.705.780 euros. Respecto al paquete 3 (Desarrollo de casos de uso), con un presupuesto máximo de 2.032.220 euros,
se instrumentará mediante convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva.
5. Las aportaciones económicas que realice la Comunidad de Madrid a ALASTRIA, tanto de fondos propios como de fondos MRR, tendrá como importe máximo la
cantidad de 4.705.780 euros.
6. Se considerarán Entidades Afiliadas a aquellas entidades que sean socios de pleno derecho de ALASTRIA durante toda la duración del presente convenio. Dichas entidades podrán realizar parte de las actividades responsabilidad de ALASTRIA y los gastos
asociados no tendrán consideración de subcontratación.
7. Por otra parte, la utilización de fondos que reciba ALASTRIA de la Comunidad de
Madrid, tanto de fondos propios como de fondos MRR, tendrán las siguientes limitaciones:
a) La imputación de gastos de personal está limitada a la contratación nueva de personal temporal y a los costes de personal indefinido para actividades directamente relacionadas con los componentes descritos en la ejecución del proyecto.
b) La imputación de gastos de equipamiento está limitada a los costes de amortización de equipamiento nuevo que es necesario para la ejecución del proyecto.
c) La imputación de gastos de obras civiles está limitada a obras de acondicionamiento necesarias para la puesta en marcha de equipamiento adquirido con cargo
al proyecto.
d) La imputación de otros gastos está limitada a gastos no recurrentes y estrictamente
relacionados con la ejecución del proyecto, que no se corresponden a costes de
personal y equipamiento incluyendo, entre otros, costes de fungible y subcontrataciones, con un límite estas del 50 por 100 de las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid a ALASTRIA.
e) Se podrán imputar costes indirectos hasta un quince por ciento (15 %) de la suma
de los costes directos debidamente justificados.
f) No se podrán imputar costes financieros.
g) No se financiarán gastos presupuestarios ordinarios y recurrentes. Todos los gastos deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad en relación al componente seleccionado para su financiación por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que, en todo caso y circunstancias, deberán contribuir a
los hitos y objetivos de la medida.
h) Solo se financiarán los gastos que hayan tenido lugar en el período comprendido
entre la firma del convenio y el 31 de diciembre de 2025.
BOCM-20250307-23
PROGRAMA