C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250131-19)
Convocatoria ayudas –  Orden 127/2025, de 20 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se articula para el año 2025, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER),“Solicitud Única”
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 26

VIERNES 31 DE ENERO DE 2025

Pág. 157

Artículo 26
Documentación a presentar con las solicitudes de pago de las anualidades
La documentación a presentar junto con estas solicitudes será la indicada en el punto 1 del
artículo 17 de la Orden 1124/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agicultura e Interior
por la que se establecen en la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de estas ayudas.
Artículo 27
Financiación
La financiación de los pagos de la anualidad 2025 del Programas Agroambiental 2024-2028
se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 77303 del Programa Presupuestario 411A de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 por los siguientes
importes:
PROGRAMA AGROAMBIENTAL
Programa Agroambiental 2024-2028

ANUALIDAD
Segunda

CUANTÍA 2025 (€)
200.000

Estas ayudas están financiadas en un 35 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 45 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 20 por 100
restante por la Administración General del Estado.
SECCIÓN 5.a

Ayudas al mantenimiento del cultivo del olivar tradicional como actividad que preserva
la biodiversidad en la Comunidad de Madrid
Artículo 28
Régimen jurídico de las ayudas destinadas al mantenimiento del olivar tradicional
en la Comunidad de Madrid.
En la solicitud única 2025 se presentaran las solicitudes de pago correspondientes a la
tercera anualidad del Programa Agroambiental 2023-2027 y a la segunda anualidad del Programa Agroambiental 2024-2028 de las ayudas para el mantenimiento del cultivo del olivar conforme a la Orden 523/2023, de 28 de agosto por la que se establecen las bases reguladoras del mantenimiento del olivar tradicional como actividad que preserva la
biodiversidad en la Comunidad de Madrid cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración general del Estado en el marco del plan
Estratégico de la Política Agraria Común para el periodo 2023-2027, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 8 de septiembre de 2023.
Artículo 29
Beneficiarios
Podrán presentar la solicitud de pago de estas ayudas para la anualidad 2025 los participantes del Programa Agroambiental para el mantenimiento del cultivo de olivar tradicional Programa Agroambiental 2023-2027 y 2024-2028.

Documentación a aportar en las solicitudes de pago
La documentación a presentar junto con estas solicitudes será la indicada en el artículo 16 de la Orden 523/2023, de 28 de agosto por la que se establecen las bases reguladoras
del mantenimiento del olivar tradicional como actividad que preserva la biodiversidad en
la Comunidad de Madrid cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración general del Estado en el marco del plan Estratégico de
la Política Agraria Común para el periodo 2023-2027.

BOCM-20250131-19

Artículo 30