C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250130-21)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 215/2025, de 27 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan pruebas selectivas para la obtención de la credencial de Guía Oficial de Turismo de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 25
JUEVES 30 DE ENERO DE 2025
Pág. 75
El ejercicio deberá ser leído públicamente por el opositor en sesión pública ante el
Tribunal, quien dispondrá de quince minutos para dialogar con el aspirante en la
lengua elegida por este. El Tribunal podrá contar con la asistencia de una o varias
personas expertas en el idioma elegido por el aspirante.
En este ejercicio se valorará el conocimiento del idioma elegido, la capacidad de
comprensión y la calidad de la traducción realizada.
Únicamente serán convocados para la realización de la Fase 2 de este tercer ejercicio, aquellos aspirantes que hayan sido declarados aptos en la Fase 1.
b) Fase 2: Exposición oral del resumen de un texto en el idioma seleccionado por el
aspirante que le presentará el Tribunal, para cuya lectura previa se le concederá un
tiempo máximo de cinco minutos.
La intervención del aspirante ante el Tribunal tendrá una duración de diez minutos. El Tribunal hará preguntas sobre el tema tratado o sobre cualquier otro durante un tiempo máximo de diez minutos.
La valoración de la prueba oral se realizará con arreglo a los siguientes criterios:
Dominio del idioma, pronunciación, fluidez verbal, corrección gramatical y adecuación a la respuesta.
En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir de los aspirantes la acreditación de su identidad.
4. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente con el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de
los aspirantes en los procesos selectivos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 15 de abril), salvo que antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el resultado del nuevo sorteo por el que se hace público el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos para el año 2025.
Octava
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1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de
las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados
con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.
2. El lugar y fecha de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se determinará en la resolución que se indica en la base 5.5 de la presente convocatoria, resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos, la cual será
publicada con una antelación mínima de diez días hábiles.
3. La publicación de la lista de aptos en el primero y sucesivos ejercicios se efectuará en los tablones de anuncios de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, calle Caballero de Gracia, número 32.
También podrán consultarse en la dirección web citada en la base 3.2 de la presente
convocatoria.
4. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios se
efectuará por el Tribunal en los mismos lugares señalados en los párrafos anteriores, y por
cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación.
Calificación de las pruebas
1. La calificación de las pruebas será de “apto” o “no apto”:
a) Primer ejercicio: El primer ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. Todas las preguntas tendrán la misma valoración (un punto) y las respuestas erróneas se penalizarán con un veinticinco por ciento de su valoración. Las respuestas en blanco
no se valorarán ni tendrán ninguna penalización. Para superar este ejercicio y pasar al siguiente, será preciso obtener un mínimo de veinticinco puntos.
BOCM-20250130-21
Novena
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 25
JUEVES 30 DE ENERO DE 2025
Pág. 75
El ejercicio deberá ser leído públicamente por el opositor en sesión pública ante el
Tribunal, quien dispondrá de quince minutos para dialogar con el aspirante en la
lengua elegida por este. El Tribunal podrá contar con la asistencia de una o varias
personas expertas en el idioma elegido por el aspirante.
En este ejercicio se valorará el conocimiento del idioma elegido, la capacidad de
comprensión y la calidad de la traducción realizada.
Únicamente serán convocados para la realización de la Fase 2 de este tercer ejercicio, aquellos aspirantes que hayan sido declarados aptos en la Fase 1.
b) Fase 2: Exposición oral del resumen de un texto en el idioma seleccionado por el
aspirante que le presentará el Tribunal, para cuya lectura previa se le concederá un
tiempo máximo de cinco minutos.
La intervención del aspirante ante el Tribunal tendrá una duración de diez minutos. El Tribunal hará preguntas sobre el tema tratado o sobre cualquier otro durante un tiempo máximo de diez minutos.
La valoración de la prueba oral se realizará con arreglo a los siguientes criterios:
Dominio del idioma, pronunciación, fluidez verbal, corrección gramatical y adecuación a la respuesta.
En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir de los aspirantes la acreditación de su identidad.
4. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente con el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de
los aspirantes en los procesos selectivos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 15 de abril), salvo que antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el resultado del nuevo sorteo por el que se hace público el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos para el año 2025.
Octava
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1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de
las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados
con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.
2. El lugar y fecha de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se determinará en la resolución que se indica en la base 5.5 de la presente convocatoria, resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos, la cual será
publicada con una antelación mínima de diez días hábiles.
3. La publicación de la lista de aptos en el primero y sucesivos ejercicios se efectuará en los tablones de anuncios de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, calle Caballero de Gracia, número 32.
También podrán consultarse en la dirección web citada en la base 3.2 de la presente
convocatoria.
4. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios se
efectuará por el Tribunal en los mismos lugares señalados en los párrafos anteriores, y por
cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación.
Calificación de las pruebas
1. La calificación de las pruebas será de “apto” o “no apto”:
a) Primer ejercicio: El primer ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. Todas las preguntas tendrán la misma valoración (un punto) y las respuestas erróneas se penalizarán con un veinticinco por ciento de su valoración. Las respuestas en blanco
no se valorarán ni tendrán ninguna penalización. Para superar este ejercicio y pasar al siguiente, será preciso obtener un mínimo de veinticinco puntos.
BOCM-20250130-21
Novena