B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250128-9)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de arte dramático en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE ENERO DE 2025

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4.2. Requisitos para participar por la reserva para personas con discapacidad acreditada.
Además de cumplir con los requisitos anteriores, las personas que participen por la reserva para personas con discapacidad acreditada, deberán tener reconocido por los órganos
competentes un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, siempre que ello no sea
incompatible con el ejercicio de las funciones atribuidas a la función docente de cátedras.
Asimismo, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2023 de Empleo, se equipará el reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 al de las personas pensionistas de la seguridad social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grato de total, absoluta o gran invalidez.
El grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberá mantenerse durante
todo el proceso selectivo, es decir, desde el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y hasta, si procede, ser nombrado funcionario de carrera.
La pérdida de la condición de persona con discapacidad durante el proceso selectivo,
en el que caso de que este participe por turno específico para este colectivo, implicará que
el aspirante pase al turno general.
Los aspirantes que concurran por esta reserva no podrán presentarse a la misma especialidad por el procedimiento de acceso general.
4.3. Fecha en la que deben reunirse estos requisitos.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera del cuerpo de catedráticos.
4.4. Constatación de la falta de requisitos de algún aspirante durante el proceso selectivo.
Si la Dirección General de Recursos Humanos tuviera conocimiento de que alguno de
los participantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, dictará resolución motivada excluyendo al candidato.
Contra la misma, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y
Organización Educativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su
publicación o notificación.
Si fuera el tribunal de selección quien tuviera conocimiento de la falta de requisitos, lo
comunicará de inmediato a la Dirección General de Recursos Humanos que seguirá el procedimiento recogido en el párrafo anterior.
Quinta

La participación en el presente proceso selectivo requerirá la presentación de la correspondiente solicitud y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos. Las solicitudes vincularán a los participantes en los términos en ellas expresados.
El proceso de presentación-registro de solicitudes y de documentación acreditativa de
cumplimiento de los requisitos y méritos aportados conllevará la realización de las siguientes actuaciones:
1. Abono de la tasa.
2. Cumplimentación y presentación de la solicitud.
3. Aportación de la documentación relativa a los requisitos de participación y méritos.
4. Registro electrónico.
La solicitud se considerará presentada y registrada en el momento que sea completado todo el proceso indicado anteriormente.
5.1. Abono de la tasa.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 175 y 178 del texto refundido de la
Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, los aspirantes que participen en este proceso selectivo
deberán abonar 77,87 euros, correspondientes a la tasa por derechos de examen.
El pago de las tasas deberá hacerse conforme a lo establecido en el Anexo I de la presente convocatoria.
Se abonará una tasa por cada una de las especialidades a las que se presente solicitud.
Si un candidato se presentara a varias especialidades habiendo abonado una sola tasa, deberá proceder a su subsanación en el plazo establecido en la base 7.2. De no hacerlo, la tasa

BOCM-20250128-9

Presentación y registro de solicitudes, así como de la documentación acreditativa
de cumplimiento de los requisitos y méritos aportados