D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20250120-22)
Convenio –  Convenio específico de 30 de diciembre de 2024, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y la Empresa Municipal de Transportes de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 86

LUNES 20 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 16

El método de cálculo, del índice de regularidad para cada expedición, es el siguiente:

±

±

±

Si el intervalo teórico It es menor o igual que 10 min., entonces el índice de
regularidad IR
‡

IR = ૚૙૙

‡

IR = ૚૙૙ ൈ ቆ૚ െ ቀ

si Ir - It es menor o igual a 2 min., o
ࡵ࢘ ିሺࡵ࢚ ା૛ሻ
ቁቇ
ሺࡵ࢚ ି૛ሻ

si Ir - It es mayor que 2 min.

Si el intervalo teórico It es mayor que 10 min. y menor o igual a 25 min., entonces
el índice de regularidad IR
‡

IR = ૚૙૙

‡

IR = ૚૙૙ ൈ ቆ૚ െ ቀ

si Ir es menor o igual 1,2It, o
ࡵ࢘ ି૚ǡ૛ࡵ࢚
૙ǡૡࡵ࢚

ቁቇ

si Ir - It es mayor que 1,2It.

Si el intervalo teórico It es mayor que 25 min., entonces el índice de regularidad
IR
‡

IR = ૚૙૙

‡

IR = ૚૙૙ ൈ ቆ૚ െ ቀ

si Ir - It es menor o igual a 5 min., o
ࡵ࢘ ିሺࡵ࢚ ା૞ሻ
ቁቇ 
ሺࡵ࢚ ି૞ሻ

si Ir - It es mayor que 5 min.

Si un intervalo real es el doble del teórico entonces IR = 0

Los criterios para el cálculo de la regularidad son los siguientes:
— La regularidad se mide en la 2.a y penúltima parada de cada sentido de la expedición.
— El valor de regularidad de una franja es la media aritmética del valor IR obtenido
para las paradas 2 y n-1 de la franja-parada-sentido.
— El valor diario para una línea será la media aritmética de todos los IR del día (de 7 a
22 horas).
— De igual forma el cálculo mensual se hace con la media aritmética de todos los IR
de cada línea.
Se establece como grado de cumplimiento que el índice de regularidad de la red sea
igual o superior al 85 por 100.
4.2.2.2. Nivel de ocupación.
Atendiendo a la capacidad de un autobús, se define como índice de ocupación al número de pasajeros que simultáneamente viajan en el autobús, respecto de la capacidad
máxima del mismo, expresado en porcentaje.
A este respecto se define por criterio de calidad un valor máximo de ocupación en una
circulación como el número de plazas de asiento más el producto de la superficie libre practicable del interior del autobús multiplicado por una ratio de densidad de 3,75 viajeros/m2.
Se establece como grado de cumplimiento diario que el 85 por 100 de los usuarios realicen trayectos en los que el índice de ocupación sea igual o inferior al máximo establecido.
4.2.3. Calidad percibida por el usuario.
La EMT llevará a cabo anualmente un estudio de opinión entre los usuarios de EMT
para conocer la percepción de los usuarios al respecto.
Entre los índices calculados en ese estudio se obtendrá un índice de calidad del servicio (ICS) para el conjunto de la red en función de la valoración que los encuestados atribuyen a distintos atributos componentes del servicio (servicio prestado, confort, atención al
cliente, información, seguridad, medio ambiente e infraestructuras) así como la importancia relativa que los propios usuarios manifiesten para cada uno de ellos. La definición del
método preciso de obtención de este indicador corresponde al CRTM.
La calidad percibida por el usuario se quiere configurar como uno de los elementos
centrales a la hora de configurar el riesgo empresarial por la explotación del servicio.
La percepción del viajero pasa a ser así un elemento esencial sobre el que controlar la correcta prestación del servicio y su evolución positiva a lo largo de la vigencia de este convenio.
Para ello, y con independencia de la utilidad del conjunto del estudio de opinión para
un análisis profundo de distintos aspectos y posibilidades de mejora, se adopta el mencio-

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±