D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250115-36)
Convenio –  Convenio de colaboración de 20 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Alcorcón para la gestión de un Centro de Acogida para mujeres víctimas de Violencia de Género, sus hijos y personas dependientes, para el año 2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 12

Cuarta. Identificación de la información afectada
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto
de este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la
información que se describe a continuación, correspondiente a la actividad de
tratamiento “Registro de actuación para la mujer”:
- Interesados:
Mujeres víctimas de violencia de género, así como usuarios de la Red de Centros de
mujeres víctimas de violencia de género de la Comunidad de Madrid que han
presentado solicitud. Sus hijos y personas dependientes de la mujer, en su caso.
- Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder:
Datos de carácter identificativo, Características personales. Datos de circunstancias
sociales. Datos académicos y profesionales. Datos económicos, financieros y de
seguro. Datos especialmente protegidos.
Quinta. Duración
El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del
convenio suscrito, así como sus prórrogas, en su caso, sin perjuicio de las
obligaciones que, conforme al clausulado del presente acuerdo de encargo hayan de
extenderse más allá de dicho período.
Sexta. Deber de confidencialidad
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la
información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del
Tratamiento a efectos de dar cumplimiento al objeto del convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de
ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o
intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro,
intercambiada como consecuencia de este convenio, en especial la información y
datos personales a los que el Encargado haya accedido o acceda durante su
ejecución.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio durante la
vigencia del mismo, sus prórrogas, en su caso, así como de forma indefinida tras su
finalización, obligándose a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución
motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de

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