D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250115-36)
Convenio –  Convenio de colaboración de 20 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Alcorcón para la gestión de un Centro de Acogida para mujeres víctimas de Violencia de Género, sus hijos y personas dependientes, para el año 2025
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BOCM

MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 12

- Documentación acreditativa de los pagos realizados mediante la aportación de
certificación bancaria que contenga identificados los gastos, su cuantía y fecha de
adeudo en cuenta o recibo individual de la orden de transferencia bancaria donde conste
el gasto, su cuantía y la fecha de adeudo en cuenta.
- Certificado de que el IVA que pudiera figurar en las facturas, incluido en la liquidación de
gastos, ha sido soportado por la Entidad Local y/o declaración de exención del mismo,
según modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
- Certificado de la no concurrencia con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas,
según modelo normalizado facilitado por la Dirección General de Igualdad.
- Certificado de no generación de ingresos, según modelo normalizado facilitado por la
Dirección General de Igualdad.
La Dirección General de Igualdad facilitará a la Entidad Local las instrucciones y soportes
documentales necesarios a la firma del Convenio.
- Informe anual de las sesiones de supervisión externa realizadas y de los profesionales
asistentes a la misma, con indicación de fechas, duración y profesional que ha llevado a
cabo la supervisión.
- Memoria de gestión correspondiente, realizada en el Centro de Acogida. En la
elaboración de la misma, se seguirán por la Entidad Local las directrices que se
establezcan desde la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales a través de la
Dirección General de Igualdad, en cuanto a su estructura y al conjunto mínimo de datos
que deberá incluir, en concreto, la descripción de la población atendida y características
de la misma, actividades desarrolladas y resultados obtenidos en las intervenciones
individuales y/o grupales, así como las medidas a adoptar, atendiendo a las evaluaciones
realizadas. Asimismo, deberá incluir el análisis de los puntos débiles, las oportunidades
de mejora, y el establecimiento de instrumentos y mecanismos para solventar y mejorar
aquellas áreas donde se detecten déficits y nuevas necesidades.

BOCM-20250115-36

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID