Algete (BOCM-20230317-44)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 65

VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

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plazo de subsanación de defectos de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación en la página web del ayuntamiento. Las causas de exclusión se especificarán
en dicha relación.
Capítulo II
Del procedimiento de selección
Art. 15. Proceso selectivo.—1. Será mediante el sistema de concurso-oposición,
valorando los méritos y el ejercicio sobre la plaza a cubrir.
2. De conformidad con la Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública por la que se publica el resultado del sorteo a
que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado “Boletín Oficial del Estado” número 153, de 28 de junio de 2021,
en relación con el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el llamamiento se iniciará
por orden alfabético, comenzando por la letra “V”.
3. El Tribunal u órgano de selección podrá, en cualquier momento del procedimiento de selección, requerir a los aspirantes que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán
ir provistos del documento nacional de identidad u otro documento acreditativo.
SECCIÓN PRIMERA

De la fase de concurso
Art. 16. Valoración fase de concurso.—1. La puntuación máxima que se puede obtener en la fase de concurso de los procedimientos de promoción interna será de 40 puntos
distribuidos como sigue:
DISTRIBUCIÓN PUNTUACIÓN
PORCENTAJES/
FASE

PUNTUACIÓN
GLOBAL

Antigüedad

0,25%

10

Experiencia

0,40%

16

Reglada

0,12%

5

Complementaria

0,23%

9

► 100%

► 40

CONCEPTO
Fase de Concurso
(40 puntos)

Formación
(Art.3)

► TOTAL CONCURSO
Fase de Oposición
(60 puntos)

Ejercicio/s

0,80

Entrevista

0,20

► TOTAL OPOSICIÓN

► 100%
► TOTAL GLOBAL

48
12
► 60
► 100

2. Criterios de valoración de fase de concurso de los procesos: respetarán, en todo
caso, las proporciones establecidas en las presentes bases, pudiéndose determinar modificaciones dentro de cada una de las fases.
3. En ningún caso, ningún mérito podrá ser valorado en dos apartados de forma simultánea.
SECCIÓN SEGUNDA

Art. 17. Valoración fase de oposición.—1. La máxima puntuación que se puede
obtener en la fase oposición para los procedimientos de selección, no excederá de 60 puntos, debiendo superar un mínimo 30 para la valoración de los méritos.
2. Las personas que participen en el proceso serán convocadas para la realización de
todos los ejercicios en llamamiento único, quedando decaídas en su derecho aquellas que
no comparezcan a realizarlos.
Art. 18. Valoración de ejercicio.—1. Dentro de la fase de oposición, las bases específicas determinarán en qué caso se realizará una o más pruebas, así como la naturaleza
de las mismas, esto es, que sea un tipo test o un examen de desarrollo.

BOCM-20230317-44

De la fase de oposición