A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220419-1)
Regulación escuelas tiempo libre – Decreto 14/2022, de 30 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las escuelas de tiempo libre en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE ABRIL DE 2022
Pág. 29
2. Los diplomas expedidos al amparo de la normativa anterior a la entrada en vigor
del presente decreto tendrán plenos efectos y seguirán siendo válidos, sin necesidad de realizar ningún trámite.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan derogados:
a) El Decreto 57/1998, de 16 de abril, sobre regulación de las escuelas de animación
y educación infantil y juvenil en tiempo libre.
b) El Decreto 150/1998, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico de la Escuela Pública de Animación y Educación en el
Tiempo Libre Infantil y Juvenil de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación normativa
Se faculta al titular de la consejería competente en materia de Juventud para dictar las
disposiciones que sean necesarios para el desarrollo de lo dispuesto en el presente decreto,
así como para actualizar el anexo al mismo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Acordado en Madrid, a 30 de marzo de 2022.
CIAL DE LA
La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO
BOCM-20220419-1
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE ABRIL DE 2022
Pág. 29
2. Los diplomas expedidos al amparo de la normativa anterior a la entrada en vigor
del presente decreto tendrán plenos efectos y seguirán siendo válidos, sin necesidad de realizar ningún trámite.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan derogados:
a) El Decreto 57/1998, de 16 de abril, sobre regulación de las escuelas de animación
y educación infantil y juvenil en tiempo libre.
b) El Decreto 150/1998, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico de la Escuela Pública de Animación y Educación en el
Tiempo Libre Infantil y Juvenil de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación normativa
Se faculta al titular de la consejería competente en materia de Juventud para dictar las
disposiciones que sean necesarios para el desarrollo de lo dispuesto en el presente decreto,
así como para actualizar el anexo al mismo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Acordado en Madrid, a 30 de marzo de 2022.
CIAL DE LA
La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO
BOCM-20220419-1
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO